DECRETO 2026 DE 1995
(noviembre 21)
por el cual se establece la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación.
Nota 1: Derogado por el Decreto 265 de 2000, artículo 5º y por el Decreto 1158 de 1999.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1234 de 1998 y por el Decreto 341 de 1998.
Nota 3: Adicionado por el Decreto 1572 de 1997.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades consagradas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 177 de la Ley 201 de 1995,
DECRETA:
Artículo 1º. Las funciones propias de la Procuraduría General de la Nación, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
Número de cargo
Dependencia y Denominación del empleo
Código
Grado
Despacho del Procurador
1
Procurador General de la Nación
OPG
ES
7
Asesor
1AS
25
3
Asesor
1AS
24
1
Asesor
1AS
22
2
Profesional Especializado
3PS
21
1
Profesional Universitario
3PU
17
3
Secretario Ejecutivo
5SJ
15
2
Secretario Ejecutivo
5SJ
12
1
Secretario
5SE
11
1
Oficinista
5OF
06
2
Conductor
6CH
08
2
Citador
6CI
04
Dirección de Investigaciones Especiales
1
Director
ODI
ES
7
Asesor
1AS
21
3
Asesor
1AS
19
1
Profesional Especializado
3PS
21
18
Profesional Especializado
3PS
19
15
Profesional Universitario
3PU
17
5
Profesional Universitario
3PU
15
5
Técnico en Criminalística
4TC
17
7
Técnico Investigador
4TI
17
1
Técnico en Criminalística
4TC
15
9
Técnico Investigador
4TI
15
1
Técnico Operativo
4TO
13
1
Técnico Administrativo
4TM
11
23
Agente de Seguridad
6AG
11
1
Secretario Procuraduría
4SP
13
5
Sustanciador
5SU
11
2
Secretario
5SE
09
7
Oficinista
50F
06
6
Conductor
6CH
06
4
Citador
6CI
04
Sección de Seguridad
1
Jefe de Sección
2JS
19
2
Técnico Operativo
4TO
14
4
Técnico Operativo
4TO
13
38
Agente de Seguridad
6AG
11
5
Agente de Seguridad
6AG
10
5
Agente de Seguridad
6AG
09
1
Secretario
5SE
11
1
Secretario
5SE
09
1
Secretario
5SE
08
1
Conductor
6CH
06
20
Vigilante
6VI
03
Planta globalizada
1
Viceprocurador General
OPV
ES
31
Procurador Delegado
OPD
ES
1
Procurador Auxiliar
OPX
ES
1
Director
ODI
ES
1
Veedor
OVE
ES
1
Secretario General
OSG
ES
32
Procurador Departamental
OPE
ES
2
Procurador Distrital II
OPI
ES
3
Procurador Distrital I
OPI
ES
1
Procurador Metropolitano II
OPM
ES
3
Procurador Metropolitano I
OPM
ES
302
Procurador Judicial II
OPJ
ES
142
Procurador Judicial I
OPJ
ES
43
Procurador Provincial
OPP
ES
2
Jefe de Oficina
1JO
25
1
Jefe de Oficina
1JO
22
11
Asesor
1AS
22
20
Asesor
1AS
21
104
Asesor
1AS
19
150
Asesor
1AS
18
1
Secretario Privado
2SP
25
12
Jefe de División
2JD
22
16
Jefe de Sección
2JS
19
1
Tesorero
2TE
19
32
Coordinador Administrativo
2CA
17
5
Profesional Especializado
3PS
21
19
Profesional Especializado
3PS
20
29
Profesional Especializado
3PS
19
403
Profesional Universitario
3PU
17
104
Profesional Universitario
3PU
16
118
Profesional Universitario
3PU
15
21
Técnico Operativo
4TO
14
7
Técnico Operativo
4TO
12
7
Técnico Administrativo
4TM
13
8
Técnico Administrativo
4TM
12
8
Técnico Administrativo
4TM
11
22
Secretario Procuraduría
4SP
13
32
Secretario Procuraduría
4SP
12
9
Secretario Procuraduría
4SP
11
43
Secretario Procuraduría
4SP
10
19
Secretario Ejecutivo
5SJ
13
9
Secretario Ejecutivo
5SJ
12
15
Secretario
5SE
11
16
Secretario
5SE
10
13
Secretario
5SE
09
23
Secretario
5SE
08
1
Cajero
5CA
13
327
Sustanciador
5SU
11
38
Sustanciador
5SU
l0
40
Sustanciador
5SU
09
158
Sustanciador
5SU
08
14
Auxiliar Administrativo
5AM
10
45
Auxiliar Administrativo
5AM
09
4
Auxiliar Administrativo
5AM
08
279
Oficinista
50F
06
12
Conductor
6CH
08
90
Conductor
6CH
06
1
Auxiliar de Mantenimiento
6AN
08
9
Auxiliar de Mantenimiento
6AN
06
14
Auxiliar de Mantenimiento
6AN
04
11
Auxiliar de Servicios Generales
6AS
06
20
Auxiliar de Servicios Generales
6AS
04
129
Auxiliar de Servicios Generales
6AS
03
71
Citador
6CI
04
25
Citador
6CI
03
Artículo 2º. El Procurador General de la Nación distribuirá la planta de personal mediante acto administrativo, de acuerdo con la estructura orgánica, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados para la entidad y señalará la sede de los servidores que se incorporen a la planta de personal.
Artículo 3º. El Procurador General de la Nación queda facultado para nombrar de inmediato hasta la apropiación presupuestal vigente y considerando los recursos presupuestales para la vigencia de 1996, la planta mínima de los nuevos cargos necesarios para activar las nuevas dependencias creadas por la Ley 201 de 1995.
Artículo 4º. Los servidores públicos que fueron incorporados por mandato del Decreto 1742 de 1990 y cuya asignación resultó inferior a la señalada para el cargo que venían desempeñando, continuarán con tal asignación básica y demás prerrogativas salariales conferidas por la ley para dicho cargo.
Artículo 5º. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga los Decretos 1742 del 2 de agosto de 1990, 810 del 22 de marzo de 1991, 1482 del 6 de junio de 1991 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 21 de noviembre de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Néstor Humberto Martínez Neira.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Eduardo González Montoya.