DECRETO 1935 DE 1995

Decretos 1995

DECRETO 1935 DE  1995    

(noviembre 7)    

por el cual se aprueba la modificación parcial de  los Estatutos y el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Regulación de  Agua Potable y Saneamiento Básico, adoptada mediante Resolución número 10 del  14 de septiembre de 1995.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las  que le confiere el numeral 17 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Apruébase la modificación parcial de  los Estatutos y el Reglamento de funcionamiento de la Comisión de Regulación de  Agua Potable y Saneamiento Básico, adoptada mediante Resolución número 10 del  14 de septiembre de 1995, cuyo texto se transcribe a continuación:    

«Ministerio de Desarrollo Económico”    

RESOLUCION NÚMERO 10 DE 1995    

(septiembre 14)    

Mediante la cual se modifica parcialmente la  Resolución número 05 del 1º de agosto de 1994, “por la cual se dictan los  Estatutos” y el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Regulación  de Agua Potable y Saneamiento Básico”.    

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamie         nto Básico, en ejercicio de sus  atribuciones legales y en especial las que le confiere el numeral 17 del  artículo 73 de la Ley 142 de 1994, y    

CONSIDERANDO:    

Que por Resolución número 05 del 1º de agosto de  1994, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamicnto Básico dictó sus  Estatutos y Reglamento de Funcionamiento, los cuales fueron aprobados por el  Gobierno Nacional, mediante Decreto número 1738 del 3 de agosto del mismo año.    

Que se hace necesario realizar una reforma  estatutaria que le permita a la Comisión el manejo de sus recursos sin  obligarla a contratar una fiducia, sin tomar en consideración las condiciones  de favorabilidad para la entidad.    

Que la Comisión de Regulación de Agua Potable y  Saneamiento Básico en su sesión del 14 de septiembre de 1995, aprobó modificar  parcialmente los Estatutos y el Reglamento de Funcionamiento, cuyo contenido se  encuentra en la presente Resolución.    

RESUELVE    

Artículo 1º. Modificar el artículo 23 de la  Resolución No. 05 del 1º de agosto de 1994, el cual quedará así:    

Artículo 23. Contrato de Fiducia. Conforme a la  autorización contenida en el artículo 72 de la Ley 142 de 1994, la  Comisión podrá manejar sus recursos, si lo considera conveniente, a través de  contratos de fiducia, celebrados de acuerdo con los requisitos legales  establecidos en la Ley 80 de 1993, por  medio de los cuales vinculará el personal de la Comisión y desarrollará las  demás actuaciones que le sean propias.    

Parágrafo. Las alusiones de la Resolución número 05  de 1994, sobre la celebración de contratos de fiducia, se aplicarán en el  evento en que la Comisión decida hacer uso de la autorización contenida en el  artículo 72 de la Ley 142 de 1994.    

Artículo 2º. La presente Resolución rige a partir de  la fecha de aprobación por parte del Gobierno Nacional.    

Publíquese y cúmplase.    

Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 14 de septiembre  de 1995.    

(Firmado)    

El Presidente,    

                     Fabio Giraldo Isaza.    

(Firmado)    

El Coordinador General,    

                   Jaime Saldarriaga Sanín».    

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 7 de noviembre de  1995.    

                     ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de Desarrollo Eeonómieo,    

                      Rodrigo Marín Bernal.              

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