DECRETO 1891 DE 1995
(octubre 31)
por el cual se adiciona el Decreto 2066 de septiembre 4 de 1991.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 1º del Decreto ley 1050 de 1968,
DECRETA:
Artículo 1º. Adiciónase el artículo 1º del Decreto 2066 de 1991, “por el cual se crea el Comité de Coordinación de la Apertura Económica”, con el literal j), el cual quedará así:
“j) El Ministro de Comercio Exterior o su delegado.”
Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 31 de octubre de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
El Ministro de Desarrollo Económico,
Rodrigo Marín Bernal.
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
José Antonio Ocampo Gaviria.