DECRETO 172 DE 1995
(enero 24)
por el cual se establece la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente.
Nota 1: Derogado por el Decreto 412 de 2000, artículo 6º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1829 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, contenidas en el artículo 189, numeral 14 y las legales contenidas en el artículo 116 de la Ley 99 de 1993,
DECRETA:
Artículo 1º Las funciones propias de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
Número Cargos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
DIRECCIONGENERAL
Uno
Director General de la Unidad Administrativa Especial
0155
21
Uno
Secretario Ejecutivo
5040
21
Uno
Conductor mecánico
5310
09
PLANTA GLOBAL
Tres
Subdirector de la Unidad Administrativa Especial
0162
15
Cinco
Asesor
1020
11
Veintidós
Jefe de Programa
2084
23
Veintidós
Jefe de Programa
2084
21
Cinco
Director Regional
2035
21
Cuatro
Profesional Especializado
3010
19
Doce
Profesional Especializado
3010
17
Catorce
Profesional Especializado
3010
14
Trece
Profesional Especializado
3010
12
Cuarenta y dos
Profesional Universitario
3020
09
Tres
Secretario Ejecutivo
5040
18
Trece
Secretario ejecutivo
5040
16
Diez
Auxiliar Administrativo
5120
20
Cinco
Pagador
5045
20
Cinco
Almacenista
5080
20
Uno
Tecnólogo
4165
14
Ochenta y ocho
Tecnólogo
4165
11
Noventa y dos
Operario calificado
5300
11
Cuarenta y cuatro
Operario calificado
5300
09
Uno
Auxiliar de servicios generales
5335
09
Artículo 2º. El Director de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global de que trata este Decreto y ubicará el personal de acuerdo con la estructura, los planes y programas, la naturaleza de los empleos y las necesidades del servicio.
Artículo 3º. La reubicación de los funcionarios del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Medio Ambiente, Inderena, adscritos a la División de Parques Nacionales Naturales en la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente, se hará conforme a los lineamientos establecidos en el parágrafo único del artículo 99 de la Ley 99 de 1993.
Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 24 de enero de 1995
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio
La Ministra del Medio Ambiente,
Cecilia López Montaño
El Director del Departamento Administrativo de la Función
Pública,
Eduardo Conzález Montoya.