DECRETO 1606 DE 1995

Decretos 1995

DECRETO 1606 DE 1995    

(septiembre 25)    

por medio del cual se autoriza una  nueva operación a las corporaciones financieras.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en  especial de las que le otorga el literal a), numeral 11, del artículo 48 del  Estatuto Orgánico del Sistema Financiero e informada previamente la Junta  Directiva del Banco de la República,    

DECRETA:    

Artículo 1.     En adición a las operaciones autorizadas a las corporaciones  financieras, en adelante éstas quedan facultadas para celebrar operaciones de  underwriting en cualquier modalidad respecto de títulos emitidos por la Nación,  siempre y cuando los mismos se hayan sujetado a las normas legales y  reglamentarias sobre emisión, suscripción y colocación y a las condiciones  financieras de carácter general que señale la Junta Directiva del Banco de la  República en ejercicio de sus competencias.    

Artículo 2.     El presente Decreto rige desde la fecha de su promulgación y  deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 25  de septiembre de 1995.    

                                     ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

                                     Guillermo  Perry Rubio.              

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