DECRETO 1424 DE 1995
(agosto 25)
por el cual se efectúan algunos ajustes en el Presupuesto General de la Nación, de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con régimen de aquellas para la vigencia fiscal de 1995.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por Ley 179 de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 21 de la Ley 179 de 1994 autoriza al Gobierno para hacer los ajustes presupuestales necesarios para darle cumplimiento a la distribución de los recursos de los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos del orden Nacional y de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas;
Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social determinó y distribuyó en su sesión del día 10 de mayo de 1995 los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos del orden Nacional y de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas, correspondientes al año de 1994,
DECRETA:
Artículo 1º. La parte pertinente del artículo 2º del Decreto 1077 del 27 de junio de 1995 quedará así:
NUM. ART. PROG.
ORD. SPR
SUB. PROY
DIS SPY
REC. CONCEPTO
TOTAL
Donde dice:
SECCIÓN 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
B) INVERSIÓN
UNIDAD 1301 14
SOCIEDAD FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A.
0113
Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector
1201
Acueducto y Alcantarillado
001
Mejoramiento del acueducto y ampliación del alcantarillado del Distrito de Cartagena-Bolívar previo concepto DNP.
$5.500.000.000
37
Excedente financieros
$5.500.000.000
Debe decir:
SECCIÓN 1301
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
B) INVERSIÓN
UNIDAD 1301 14
SOCIEDAD FINANCIERA DE DESARROLLO TERRITORIAL S.A.
0113
Mejoramiento y mantenimiento de infraestructura propia del sector.
1201
Acueducto y alcantarillado
001
Mejoramiento de acueducto y ampliación del alcantarillado del Distrito de Cartagena-Bolívar. Previo Concepto DNP.
$4.083.540.000
37
Excedentes financieros
4.083.540.000
0604
Red urbana
003
Mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura urbana para el Distrito de Cartagena. DNP
$1.416.460.000
37
Excedentes financieros
1.416.460.000
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 25 de agosto de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.