DECRETO 1229 DE 1995
(julio 18)
por el cual se crea un cuerpo especial dentro de la Policía Nacional, debidamente capacitado para organizar, realizar y apoyar actividades deportivas, recreativas y de aprovechamiento del tiempo libre dirigidas a la comunidad, en coordinación con el Sistema Nacional del Deporte.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias previstas en el artículo 89, numeral 4º, de la Ley 181 de 1995, con la asesoría de la comisión ordenada por la misma ley,
DECRETA:
Artículo 1º. Créase un cuerpo especial dentro de la Policía Nacional denominado “Policía de Recreación y Deportes” que será integrado preferentemente, por personal del servicio de auxiliares bachilleres de la policía.
Artículo 2º. Además de las funciones que viene atendiendo actualmente el servicio de auxiliares bachilleres de la policía, el Cuerpo Especial de Policía de Recreación y Deporte, atenderá la organización y realización de actividades deportivas, recreativas y de aprovechamiento del tiempo libre para la comunidad, operará en coordinación con el Sistema Nacional del Deporte en todos sus niveles jerárquicos y apoyará la ejecución del Plan Nacional del Deporte, la Recreación y la Educación Física, en los términos de la Ley 181 de 1995.
Artículo 3º. El Cuerpo Especial de Policía de Recreación y Deportes será debidamente capacitado para el cumplimiento de sus funciones, atendiendo los objetivos generales y los principios fundamentales de la Ley 181 de 1995.
Para el efecto el Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, podrá celebrar los convenios que sean necesarios.
Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 18 de julio de 1995.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Educación Nacional, Arturo Sarabia Better.
El Ministro de Defensa Nacional, Fernando Botero Zea.