DECRETO 1227 DE 1995

Decretos 1995

DECRETO  1227 DE 1995    

(julio 18)    

por el cual se delega  la inspección, vigilancia y control del deporte, la recreación el  aprovechamiento del tiempo libre, la educación física y de los organismos del  Sistema Nacional del Deporte.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en  especial de las consagradas en los artículos 52, 189 numerales 21, 22 y 26, y  en el artículo 211 de la Constitución Política y  de las facultades legales contenidas en los artículos 48 numeral 3º, 58 y 61  numerales 8º de la Ley 181 de 1195 y en  el artículo 56 de la Ley 49 de 1993.    

DECRETA:    

Artículo 1º.  Deléngase en el Director del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, las  funciones de vigilancia y control de la actividad del deporte, la recreación,  el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física.    

Artículo 2º.  Deléngase en el Director del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, las  funciones de inspección, vigilancia y control sobre los organismos deportivos y  demás entidades que integran el Sistema Nacional del Deporte.    

Artículo 3º. Para el  ejercicio de las funciones delegadas en los artículos 1º y 2º de este Decreto,  el Director del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, procederá de  acuerdo con las disposiciones legales vigentes y sin perjuicio de las  facultades que para el efecto se deleguen u hayan delegado en otras autoridades  del orden nacional y territorial.    

Artículo 4º. El  presente Decreto rige a partir de su publicación.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de  Bogotá, D.C., a 18 de julio de 1995.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de  Educación Nacional,    Arturo Sarabia  Better.    

               

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