DECRETO 964 DE 1992
(junio 10)
POR EL CUAL SE CREA UN COMITE DE LA COMISION DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 2º del Decreto 2868 del 21 de diciembre de 1991, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2º del Decreto 2868 del 21 de diciembre de 1991, por el cual se organiza e integra la Comisión de Ordenamiento Territorial, autoriza al Gobierno para crear Comités Consultivos a través de los cuales las distintas organizaciones sociales y en general, la ciudadanía, pueden prestar apoyo y colaboración en el desarrollo de las funciones de la Comisión en asuntos de competencia de esta última,
DECRETA:
Articulo 1o.CREACION. Créase un Comité Consultivo para que asesore y colabore con la Comisión de Ordenamiento Territorial en las funciones y labores de su competencia.
Articulo 2o. INTEGRACION. El Comité Consultivo de que trata el artículo primero del presente Decreto estará integrado por dos Gobernadores representantes de cada uno de los Consejos Regionales de Planificación Económica y Social-Corpes, designados por éstos.
Articulo 3o. Las funciones específicas del Comité Consultivo serán determinadas por la Comisión de Ordenamiento Territorial.
Articulo 4o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase,
Dado en Santafé de Bogotá, D.C.,a 10 de junio de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Gobierno,
HUMBERTO DE LA CALLE LOMBANA.