DECRETO 932 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 932 DE 1994    

(mayo 9)    

por el cual se aprueba una  reforma parcial de estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector  Agropecuario, Finagro.    

Nota:  Modificado parcialmente por el Decreto 892 de 1995.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de  sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere  el artículo 12 de la Ley 16 de 1990 y el  artículo 32, numeral 1°, del Decreto 26 de 1991,    

DECRETA:    

ARTICULO 1o. Aprobar la reforma de los artículos 10  y 11 de los estatutos sociales del Fondo para el Financiamiento del Sector  Agropecuario, Finagro, adoptada por la Asamblea General de Accionistas de dicha  entidad, celebrada en la ciudad de Santafe de Bogotá, el 24 de marzo de 1994,  cuyo texto es el siguiente:    

Artículo 10. CAPITAL AUTORIZADO. El capital  autorizado de Finagro es de setenta mil millones de pesos ($70.000.000.000)  moneda legal colombiana, dividido en setenta millones de acciones (70.000.000)  nominativas ordinarias de un valor, nominal de un mil pesos ($1.000) moneda  corriente cada una.    

Artículo 11. CAPITAL PAGADO. De los cincuenta mil  millones de pesos de capital autorizado de Finagro a la fecha de su  constitución, se suscribió y pagó por los constituyentes en tal acto la suma de  veinticinco mil millones de pesos ($25.000.000.000) moneda legal colombiana.    

ARTICULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación y modifica la parte pertinente del Decreto  número 26 del 8 de enero de 1991, por el cual se aprobaron los estatutos  del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 9 de mayo de 1994    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Agricultura,    

José Antonio Ocampo Gaviria.              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *