DECRETO 898 DE 1992
(junio 2)
POR EL CUAL SE FIJA LA ESCALA DE REMUNERACION PARA LOS EMPLEOS DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,
DECRETA:
ARTICULO 1o. A partir del 1o. de enero de 1992, fíjase la siguiente escala de remuneración mensual para los empleos de la Dirección General de Aduanas, establecidos por el Decreto 1650 de 1991.
ESCALA SALARIAL
GRADO
ASIGNACION BASICA
01
$ 78.046
02
83.308
03
93.769
04
99.475
05
105.942
06
116.593
07
125.976
08
138.973
09
139.924
10
146.835
11
162.051
12
175.175
13
177.330
14
185.128
15
185.889
16
196.794
17
222.788
18
232.995
19
260.384
20
272.303
21
276.932
22
293.669
23
322.580
24
345.340
25
353.963
26
387.565
27
406.077
28
424.654
29
509.166
30
540.232
31
585.119
32
731.256
ARTICULO 2o. Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª. de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.
ARTICULO 3o. Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4a de 1992.
PARAGRAFO. No se podrán recibir honorarios que sumados correspondan a más de ocho (8) horas diarias de trabajo en varias entidades.
ARTICULO 4o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el artículo 12 del Decreto ley 1650 de 1991 y surte efectos fiscales a partir del 1ø de enero de 1992.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 2 de junio de 1992.
CESAR GAVIRIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Secretario General del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado de las funciones del despacho del Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
JORGE ELIECER SABAS BEDOYA.