DECRETO 892 DE 1992

Decretos 1992

DECRETO 892 DE  1992     

(Junio  2)    

POR  EL CUAL SE FIJA LA ASIGNACION BASICA DE LOS EMPLEOS DIRECTIVOS DE LOS COLEGIOS  MAYORES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.    

Nota: Derogado por  el Decreto 32 de 1993,  artículo 5º.    

El  presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales  señaladas en la Ley 4ª. de 1992,    

DECRETA:    

ARTICULO 1o. Mientras se da cumplimiento a la  organización administrativa de los Colegios Mayores prevista en el decreto extraordinario 758 de 1988, el personal  directivo de tales organismos devengará las siguientes asignaciones básicas  mensuales, a partir del 1ø de enero de 1992:       

Rector                    

$    297.917   

Director de Escuela                    

231.410      

PARAGRAFO. Cuando el personal directivo a que se  refiere este artículo estuviere inscrito en el Escalafón Nacional Docente,  podrá optar por la anterior asignación básica o por el salario que le  corresponda según el grado que acredite más el porcentaje por el ejercicio del  cargo. Para este último efecto el cargo de Rector de Colegio Mayor equivale al  de Rector de Establecimiento de Educación Media Vocacional y el de Director de  Escuela al de Coordinador de dichos establecimientos.    

ARTICULO 2o. A partir del 1o. de enero de 1992, los  docentes de las instituciones a que se refiere el presente decreto, vinculados  por el sistema de hora-cátedra, tendrán la siguiente asignación básica por cada  hora de clase dictada:       

Con título universitario                    

$ 1996   

Sin título universitario                    

$ 1.268      

ARTICULO 3o. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en  especial el Decreto ley 102 de 1991 y surte efectos  fiscales a partir del 1ø de enero de 1992.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Santafé de Bogotá, D.C., a 2 de junio de 1992.    

CESAR  GAVIRIA TRUJILLO.    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

RUDOLF  HOMMES RODRIGUEZ.    

El  Ministro de Educación Nacional,    

CARLOS  HOLMES TRUJILLO GARCIA.    

El  Secretario General del Departamento Administrativo del Servicio Civil,  encargado de las funciones del despacho del Director del Departamento Administrativo  del Servicio Civil,    

JORGE ELIECER SABAS BEDOYA.              

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