DECRETO 756 DE 1993

Decretos 1993

DECRETO  756 DE 1993    

(abril 23)    

POR EL CUAL SE CREA LA NOTARIA SEGUNDA  EN EL CIRCULO    

NOTARIAL DE LA CIUDAD DE FUSAGASUGA.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Círculo Notarial de Fusagasugá  fue creado hace 22 años, por medio del Decreto 954 de 1970  y solamente existe una notaría en dicho municipio cundinamarqués;    

Que el crecimiento poblacional de  Fusagasugá y de los municipios que constituyen su comprensión municipal se ha  incrementado considerablemente durante el mismo período;    

Que las actividades constructora,  comercial e industrial en la región han crecido en forma significativa;    

Que el incremento en el número de  negocios, transacciones comerciales, crediticias y bancarias han tenido un  desarrollo progresivo;    

Que la asignación de nuevas funciones  a las notarías y la necesidad de mejorar la prestación del servicio notarial,  hace indispensable la creación de una nueva notaría que dé respuesta a las  actuales circunstancias de progreso socio‑económico de la ciudad de  Fusagasugá;    

Que en reiteradas oportunidades la  Superintendencia de Notariado y Registro ha recibido solicitudes provenientes  de la ciudadanía en el sentido de atender la creación de una notaría para el  Municipio de Fusagasugá;    

Que por lo anteriormente expuesto,    

DECRETA    

Artículo 1° Créase la Notaría Segunda  en el Círculo Notarial de Fusagasugá, Cundinamarca.    

Artículo 2° La Notaría que se crea  será de primera (1ª) categoría.    

Artículo 3° El presente Decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 23  de abril de 1993.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Justicia y del Derecho,    

ANDRES GONZALES DIAZ.              

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