DECRETO 731 DE 1993

Decretos 1993

DECRETO  731 DE 1993    

(abril 19)    

POR EL  CUAL SE HACE UNA MODIFICACIÓN AL Decreto 1891 de 1992.    

Nota:  Derogado por el Decreto 321 de 1994,  artículo 30.    

El Presidente de la República de  Colombia, en uso de las facultades constitucionales conferidas en el numeral 11  del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA    

Artículo 1° El artículo 24 del Decreto 1891 de 1992  quedará así: “Artículo 24. Transcurridos dos (2) meses calendario,  contados a partir de la fecha de consignación del valor del pasaporte, sin que  éste se haya expedido, el interesado podrá solicitar la devolución de lo  consignado”.    

Artículo 2° Este Decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D. C.,  a 19 de abril de 1993.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

La Ministra de Relaciones  Exteriores,    

NOEMI SANIN DE RUBIO.              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *