DECRETO 716 DE 1993
(abril 19)
POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NÚMERO 0055 DEL 24 DE NOVIEMBRE DE 1992 DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE CULTURA, COLCULTURA .
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 1050 de 1968, artículo 26 y Decreto 3130 de 1968, artículo 12,
D E C R E T A :
ARTICULO 1º Aprobar el Acuerdo número 0055 del 24 de noviembre de 1992 de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Cultura ,COLCULTURA, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 055 DE 1992
(noviembre 24)
“Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo número 002 de 1975”.
La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Cultura, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 7º del Decreto 3154 del 26 de diciembre de 1968,
ACUERDA:
Artículo 1º Modificar el numeral 5º del artículo 12 del Acuerdo número 0092 de 1975, en cuanto a las funciones de la Junta Directiva, el cual quedará así:
Autorizar o aprobar todo acto o contrato cuya cuantía sea o exceda de doscientos (200) salarios correspondiente al mínimo legal mensual vigente.
Artículo 2º Modificar el literal c) del artículo 19 del Acuerdo Número 0092 de 1975, en cuanto a las funciones del Director del Instituto, el cual quedará así:
Dictar los actos, realizar las operaciones y adjudicar y suscribir los contratos que requiera el Instituto para el cumplimiento de sus objetivos y funciones conforme a las disposiciones legales vigentes. Cuando la cuantía sea o exceda de doscientos (200) salarios correspondientes al mínimo legal mensual vigente, se requerirá autorización o aprobación de la Junta Directiva.
Artículo 3º Derógase el Acuerdo Número 0051 del 7 de junio de 1984 y demás normas que le sean contrarias.
Artículo 4º El presente Acuerdo regirá una vez sea aprobado por el Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá , D.C., 24 noviembre de 1992.
El Presidente,
(Fdo) MARIA ELVIRA PEREZ FRANCO.
El Secretario,
(Fdo) PATRICIA PULIDO DE CRUZ ».
ARTICULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá , D.C., a 19 de abril de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
La Ministra de Educación Nacional,
MARUJA PACHON DE VILLAMIZAR.