DECRETO 69 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 69 DE 1994    

(enero 10)    

Por el cual se dictan normas en  materia salarial.    

El Presidente de la República de Colombia, en  desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

ARTICULO 1o. Los empleados públicos de la Corporación  Regional de Desarrollo de Urabá-Corpourabá-, tendrán derecho a percibir  mensualmente como incentivo durante 1994, una suma adicional equivalente al  diez por ciento (10%) de su asignación básica mensual.    

ARTICULO 2o. Ninguna autoridad podrá establecer o  modificar el régimen salarial o prestacional estatuído por las normas del  presente Decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1992.  Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos  adquiridos.    

ARTICULO 3o. Nadie podrá desempeñar simultáneamente  más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del  Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte  mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones que trata el artículo 19 de  la Ley 4ª de 1992.    

PARAGRAFO. No se podrán recibir honorarios que  sumados correspondan a más de ocho (8) horas diarias de trabajo a varias  entidades.    

ARTICULO 4o. El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación, deroga el Decreto 24 de 1993  y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1994.    

                      

CESAR GAVIRIA TRUJILLO.    

Publíquese y Cúmplase,    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 10 días de enero  de 1994.    

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público,  encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Héctor José Cadena Clavijo.    

La Subdirectora del Departamento Nacional de  Planeación encargada de las funciones del Despacho del Director del  Departamento Nacional de Planeación,    

Cecilia María Velez.    

El Subdirector del Departamento Administrativo de la  Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Jorge Eliécer Sabas Bedoya.              

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