DECRETO 65 DE 1992
(enero 14)
Por el cual se aprueba el presupuesto de ingresos y gastos de la Empresa Industrial Y Comercial del Estado, Puertos de Colombia en liquidación, para la vigencia fiscal de 1992.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades legales y en especial la que le confiere el literal d) del artículo 17 de la Ley 38 de 1989 y previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal,
DECRETA:
Artículo 1° La Empresa Industrial y Comercial del Estado, Puertos de Colombia en liquidación, se sujetará al cumplimiento de las normas establecidas en el Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto ley 2701 de 1991, Decreto 2914 de 1991 y demás normas legales sobre la materia.
Artículo 2° Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la siguiente entidad, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal, en la cuantía y detalle correspondiente:
EMPRESA PUERTOS DE COLOMBIA EN LIQUIDACION
Ingresos corrientes
$ 95.242.109.000
Aportes de la Nación
60.000.000.000
Ingresos de capital
10.647.980.000
Disponibilidad inicial
7.011.832.000
Total ingresos + disponibilidad inicial.
172.901.921.000
Gastos de funcionamiento
142.191.043.000
Servicios personales
25.394.825.000
Gastos generales
19.322.193.000
Transferencias
97.474.025.000
Liquidación de personal
60.000.000.000
Otras transferencias
37.474.025.000
Servicio de la deuda
7.002.715.000
Gastos de inversión
20.979.900.000
Disponibilidad final
2.728.263.000
Total gastos + disponibilidad final.
172.901.921.000
Artículo 3° El Presupuesto de Ingresos y Gastos conforme a la cuantía establecida en el presente Decreto deberá ser adoptado por medio de Acuerdo de su Junta Directiva.
Artículo 4° El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1992.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 14 de enero de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES.