DECRETO 62 DE 1993

Decretos 1993

DECRETO  62 DE 1993     

( enero 8)    

POR EL  CUAL SE ACLARA EL ARTICULO 3º DEL Decreto 42 de 1993.    

Nota: Derogado por el  Decreto 51 de 1994,  artículo 6º.    

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas  generales señaladas en la Ley 4a. de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1º Aclárase el artículo 3º del Decreto 42 de 1993  en el sentido de que los viáticos por comisiones al exterior de los Oficiales,  Suboficiales, Agentes de la Policía y Soldados miembros de la Casa Militar de  la Presidencia de la República, serán cancelados con cargo al presupuesto del  Ministerio de Defensa Nacional y los que se causen por comisiones al interior,  serán cancelados con cargo al Presupuesto del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República.    

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 8 de enero de 1993.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las  Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, HECTOR JOSE  CADENA CLAVIJO; El Ministro de Defensa Nacional, RAFAEL PARDO RUEDA; El  Secretario Jurídico del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República, encargado de las Funciones del Despacho del Director del Departamento  Administrativo de la Presidencia de la República, LUIS FERNANDO URIBE RESTREPO;  El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, CARLOS  HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.              

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