DECRETO 593 DE 1993
(marzo 30)
POR EL CUAL SE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
Nota 1: Derogado por el Decreto 247 de 2004.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1116 de 2002, por el Decreto 1499 de 2002, por el Decreto 1690 de 2002, por el Decreto 1692 de 2002, por el Decreto 1716 de 2002, por el Decreto 2045 de 2002, por el Decreto 2192 de 2001, por el Decreto 772 de 2001, por el Decreto 912 de 2000, por el Decreto 224 de 2000, por el Decreto 147 de 2000, por el Decreto 1587 de 1999, por el Decreto 1485 de 1999, por el Decreto 593 de 1999, por el Decreto 1270 de 1998, por el Decreto 1268 de 1998, por el Decreto 954 de 1998, por el Decreto 2254 de 1995, por el Decreto 1254 de 1995, por el Decreto 2853 de 1994, por el Decreto 2121 de 1994, por el Decreto 1490 de 1994, por el Decreto 458 de 1994, por el Decreto 124 de 1994 y por el Decreto 1986 de 1993.
Nota 3: Ver Sentencia del Consejo de Estado de 16 de diciembre de 1994. Expediente: 2634-2669 (acumulados). Actor: Armando Novoa García. Ponente: Ernesto Rafael Ariza Muñoz.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 91 del Decreto 2112 del 29 de diciembre de 1992,
DECRETA:
Artículo 1° Suprimir de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, creada mediante los Decretos 1962 del 15 de agosto de 1991, 2355, 2356, 2357, 2358 del 18 de octubre de 1991, Decreto 2920 del 31 de diciembre de 1991, y modificada mediante Decreto 171 del 28 de enero de 1992, Decreto 291 del 14 de febrero de 1992, Decreto 647 del 14 de abril de 1992, Decreto 844 del 29 de mayo de 1992, Decreto 1363 del 20 de agosto de 1992, Decreto 1472 y 1473 del 10 de septiembre de 1992, los cargos que se relacionan a continuación:
Denominación del cargo
Código
Grado
No. Cargos
Dirección Superior
Secretario General de Ministerio
0035
14
1
Asesor
1020
05
8
Asesor
1020
04
3
Asesor
1020
03
1
Asesor
1020
02
2
Jefe de Oficina
2045
19
2
Profesional Especializado
3010
14
1
Profesional Especializado
3010
13
1
Profesional Especializado
3010
12
1
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Especializado
3010
08
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Profesional Universitario
3020
01
1
Analista de Sistemas
4005
15
1
Técnico Administrativo
4065
09
1
Técnico Operativo
4080
07
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
3
Auxiliar Administrativo
5120
09
3
Secretario
5140
06
1
Ayudante de Oficina
5155
01
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
1
Subsecretaría General
Director Administrativo de Ministerio
0100
14
1
Asesor
1020
05
1
Asesor
1020
03
1
Jefe de Oficina
2045
18
1
Jefe de División
2040
19
1
Jefe de División
2040
12
2
Profesional Especializado
3010
13
13
Profesional Especializado
3010
08
4
Profesional Universitario
3020
06
23
Profesional Universitario
3020
04
6
Analista de Sistemas
4140
15
1
Programador de Sistemas
4060
11
1
Técnico Administrativo
4065
11
7
Analista de Sistemas
4005
11
1
Asistente Administrativo
4140
10
1
Técnico Operativo
4080
10
1
Técnico en Presupuesto
4035
10
3
Técnico Operativo
4080
09
12
Técnico Administrativo
4065
09
9
Programador de Sistemas
4060
09
3
Dibujante
4095
06
2
Técnico Operativo
4080
07
44
Técnico Administrativo
4065
07
1
Operador de Equipo Sistemas
4100
07
1
Operador de Equipo Sistemas
4100
06
2
Dibujante
4095
06
2
Auxiliar de Técnico
4110
05
5
Operador de Equipo Sistemas
4100
05
3
Coordinador
5005
19
3
Secretario Ejecutivo
5040
17
3
Almacenista
5080
13
3
Auxiliar Administrativo
5120
11
9
Secretario
5140
10
14
Cajero
5095
10
1
Supervisor
5105
10
3
Auxiliar Administrativo
5120
09
26
Almacenista
5080
09
1
Secretario
5140
08
15
Cajero
5095
08
1
Supervisor
5105
07
3
Ayudante de Oficina
5155
07
27
Auxiliar Administrativo
5120
07
22
Secretario
5140
06
13
Ayudante de Oficina
5155
05
10
Secretario Bilingüe
5235
23
1
Conductor Mecánico
6010
08
8
Operario Calificado
6000
08
10
Transcriptor de Datos
6005
08
6
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
33
Transcriptor de Datos
6005
07
1
Operario Calificado
6000
07
33
Celador
6020
05
30
Conductor Mecánico
6010
06
8
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
73
Celador
6020
04
14
Dirección General del Presupuesto
Director General del Presupuesto
0130
14
1
Subdirector de Ministerio
0150
08
4
Asesor
1020
08
1
Asesor
1020
04
1
Jefe de Oficina
2045
21
1l
Jefe de División
2040
16
14
Jefe de División
2040
12
1
Profesional Especializado
3010
16
5
Profesional Especializado
3010
15
11
Profesional Especializado
3010
14
8
Especialista en Presupuesto
3140
14
6
Especialista en Presupuesto
3140
13
12
Profesional Especializado
3010
13
8
Profesional Especializado
3010
12
21
Profesional Especializado
3010
10
21
Profesional Especializado
3010
08
10
Profesional Universitario
3020
08
6
Profesional Universitario
3020
06
15
Programador de Sistemas
4060
12
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
4
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
11
Dirección Tesorería General de la República
Tesorero General de la República
0145
14
1
Subdirector de Ministerio
0150
08
2
Jefe de Oficina
2045
18
2
Jefe de División
2040
16
5
Jefe de División
2040
12
1
Profesional Especializado
3010
13
3
Profesional Especializado
3010
10
2
Profesional Especializado
3010
09
3
Profesional Especializado
3010
08
3
Profesional Universitario
3020
08
1
Profesional Universitario
3020
06
2
Profesional Universitario
3020
04
2
Asistente Administrativo
4140
15
1
Asistente Administrativo
4140
12
1
Técnico Administrativo
4065
11
1
Analista de Sistemas
4005
11
1
Asistente Administrativo
4140
10
2
Técnico Profesional
4175
09
2
Coordinador
5005
19
1
Secretario Ejecutivo
5040
15
6
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
3
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Dirección General de Crédito Público
Director General de Crédito Público
0120
14
1
Subdirector de Ministerio
0150
08
3
Asesor
1020
06
1
Jefe de División
2040
16
8
Profesional Especializado
3010
15
3
Profesional Especializado
3010
14
5
Profesional Especializado
3010
13
1
Profesional Especializado
3010
10
10
Profesional Especializado
3010
09
2
Profesional Especializado
3010
08
5
Técnico Administrativo
4065
07
3
Analista de Sistemas
4005
15
1
Técnico en Presupuesto
4035
13
1
Coordinador
5005
20
1
Coordinador
5005
19
1
Secretario Ejecutivo
5040
13
4
Secretario Ejecutivo
5040
11
8
Auxiliar Administrativo
5120
11
2
Dirección General de Apoyo Fiscal
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
142
Celador
6020
04
48
Celador
6020
06
8
Conductor Mecánico
6010
06
1
Conductor Mecánico
6010
09
2
Secretario
5140
06
93
Secretario
5110
08
182
Secretario
5140
10
38
Auxiliar Administrativo
5120
05
64
Auxiliar Administrativo
5120
07
404
Auxiliar Administrativo
5120
09
219
Auxiliar Administrativo
5120
11
159
Secretario Ejecutivo
5040
11
14
Secretario Ejecutivo
5040
13
17
Secretario Ejecutivo
5040
15
3
Secretario Ejecutivo
5040
17
3
Recaudador de Impuestos
5030
16
59
Coordinador
5005
17
9
Coordinador
5005
19
19
Coordinador
5005
20
24
Coordinador
5005
21
23
Técnico Profesional
4175
08
51
Técnico Administrativo
4065
07
342
Técnico Administrativo
4065
09
305
Técnico Administrativo
4065
11
78
Técnico Tributario
4015
13
19
Asistente Administrativo
4140
10
2
Asistente Administrativo
4140
12
4
Profesional Universitario
3020
03
38
Profesional Universitario
3020
04
80
Profesional Universitario
3020
05
110
Profesional Universitario
3020
06
185
Profesional Especializado
3010
08
81
Profesional Especializado
3010
09
53
Profesional Especializado
3010
10
72
Profesional Especializado
3010
12
11
Profesional Especializado
3010
13
3
Investigador Científico
3000
14
23
Jefe de División
2040
06
24
Jefe de División
2040
09
25
Jefe de División
2040
12
9
Jefe de Oficina
2045
12
13
Jefe de Oficina
2045
15
4
Jefe de Oficina
2045
19
7
Asesor
1020
01
3
Asesor
1020
02
16
Asesor
1020
03
5
Asesor
1020
04
4
Asesor
1020
05
2
Asesor
0150
06
3
Subdirector de Ministerio
0150
07
2
Subdirector de Ministerio
0150
09
1
Director General de Ministerio
0100
14
1
Artículo 2° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Dirección Superior del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán desarrolladas por la planta global de personal que a continuación se establece:
Denominación del cargo
Código
Grado
No. Cargos
Ministro
0005
1
Viceministro
0020
1
Secretario General de Ministerio
0035
20
1
Asesor
1020
14
4
Asesor
1020
11
1
Asesor
1020
10
3
Asesor
1020
09
4
Asesor
1020
08
4
Asesor
1020
07
4
Asesor
1020
06
6
Asesor
1020
04
2
Asesor
1020
03
2
Asesor
1020
02
1
Asesor
1020
01
2
Profesional Especializado
3010
20
1
Profesional Especializado
3010
17
1
Profesional Especializado
3010
16
1
Profesional Especializado
3010
12
1
Secretario Privado
3035
16
1
Técnico operativo
4080
11
1
Coordinador
5005
21
4
Coordinador
5005
20
2
Coordinador
5005
19
5
Coordinador
5005
15
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
3
Secretario Ejecutivo
5040
15
3
Secretarlo Ejecutivo
5040
13
5
Auxiliar Administrativo
5120
13
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
6
Auxiliar Administrativo
5120
10
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
3
Secretario
5140
10
2
Secretario
5140
08
1
Secretario
5140
06
1
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
5240
22
1
Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro
5240
23
1
TOTAL PLANTA
84
Parágrafo. El Ministro creará grupos internos de trabajo de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio y según lo establecido en el artículo 106 del Decreto 2112 de 1992.
Artículo 3° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Secretaría Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán desarrolladas por la planta global de personal que a continuación se establece:
Denominación del cargo
Código
Grado
No. Cargos
Director Administrativo de Ministerio
0100
18
1
Subdirector Administrativo de Ministerio
0150
16
1
Subdirector Administrativo de Ministerio
0150
14
3
Asesor
1020
08
1
Asesor
1020
07
1
Asesor
1020
06
4
Asesor
1020
05
1
Asesor
1020
04
2
Asesor
1020
03
2
Asesor
1020
02
4
Asesor
1020
01
10
Jefe de División
2040
20
1
Jefe de División
2040
17
6
Jefe de Oficina
2045
23
1
Profesional Especializado
3010
18
2
Profesional Especializado
3010
17
1
Profesional Especializado
3010
15
13
Profesional Especializado
3010
14
4
Profesional Especializado
3010
13
2
Profesional Especializado
3010
10
3
Profesional Especializado
3010
09
6
Profesional Especializado
3010
08
5
Profesional Universitario
3020
08
4
Profesional Universitario
3020
06
1
Profesional Universitario
3020
05
5
Profesional Universitario
3020
03
1
Analista de Sistemas
4005
16
1
Analista de Sistemas
4005
13
2
Técnico en Presupuesto
4035
10
2
Técnico en Presupuesto
4035
09
6
Programador de Sistemas
4060
12
1
Técnico Administrativo
4065
12
1
Técnico Administrativo
4065
11
2
Técnico Administrativo
4065
09
6
Técnico Administrativo
4065
07
5
Técnico Administrativo
4065
06
1
Técnico Administrativo
4065
05
1
Técnico Operativo
4080
11
1
Técnico Operativo
4080
10
1
Técnico Operativo
4080
09
1
Técnico Operativo
4080
07
2
Dibujante
4095
08
1
Coordinador
5005
21
7
Coordinador
5005
20
1
Coordinador
5005
19
3
Coordinador
5005
17
1
Coordinador
5005
15
6
Secretario Ejecutivo
5040
15
3
Secretario Ejecutivo
5040
13
9
Secretario Ejecutivo
5040
11
17
Cajero
5095
12
1
Supervisor
5105
12
4
Supervisor
5105
10
3
Supervisor
5105
07
4
Auxiliar Administrativo
5120
11
14
Auxiliar Administrativo
5120
10
6
Auxiliar Administrativo
5120
09
8
Auxiliar Administrativo
5120
07
3
Secretario
5140
10
6
Secretario
5140
09
1
Secretario
5140
08
3
Secretario
5140
06
4
Ayudante de Oficina
5155
09
1
Ayudante de Oficina
5155
07
4
Ayudante de Oficina
5155
05
1
operario Calificado
6000
09
3
Operario Calificado
6000
08
2
Operario Calificado
6000
07
7
Conductor Mecánico
6010
09
19
Conductor Mecánico
6010
08
1O
Conductor Mecánico
6010
07
2
Conductor Mecánico
6010
06
9
Ayudante
6025
06
3
Auxiliar de Servicios Generales
6035
11
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
08
7
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
18
Auxiliar de Servicios Generales
6035
06
1
Auxiliar de ¡Servicios Generales
6035
05
12
TOTAL PLANTA
318
Parágrafo. El Secretario Administrativo creará grupos internos de trabajo de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio y según lo establecido en el artículo 106 del Decreto 2112 de 1992.
Artículo 4° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán desarrolladas por la planta global de personal que a continuación se establece:
Denominación del cargo
Código
Grado
No. Cargos
Director Técnico de Ministerio
0100
20
1
Subdirector Técnico de Ministerio
0150
16
4
Asesor
1020
09
2
Asesor
1020
08
1
Asesor
1020
07
2
Asesor
1020
04
1
Jefe de División
2040
20
14
Jefe de División
2040
17
1
Jefe de Oficina
2045
25
1
Profesional Especializado
3010
19
11
Profesional Especializado
3010
18
13
Profesional Especializado
3010
16
8
Profesional Especializado
3010
15
6
Profesional Especializado
3010
14
7
Profesional Especializado
3010
13
5
Profesional Especializado
3010
12
9
Profesional Especializado
3010
10
21
Profesional Especializado
3010
08
6
Profesional Universitario
3020
08
3
Profesional Universitario
3020
06
5
Profesional Universitario
3020
04
3
Analista de Sistemas
4005
15
2
Analista de Sistemas
4005
13
1
Técnico en Presupuesto
4035
14
13
Programador de Sistemas
4060
12
1
Técnico Administrativo
4065
09
2
Técnico Administrativo
4065
07
1
Técnico Operativo
4080
07
1
Asistente Administrativo
4140
15
1
Asistente Administrativo
4140
12
2
Asistente Administrativo
4140
10
2
Coordinador
5005
17
2
Coordinador
5005
15
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
6
Secretario Ejecutivo
5040
15
10
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
11
Auxiliar Administrativo
5120
11
4
Auxiliar Administrativo
5120
09
5
Auxiliar Administrativo
5120
07
3
Secretario
5140
10
6
Secretario
5140
08
4
Ayudante de Oficina
5155
05
2
TOTAL
205
Parágrafo. El Director creará grupos internos de trabajo de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio y según lo establecido en el artículo 106 del Decreto 2112 de 1992.
Artículo 5° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Dirección del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán desarrolladas por la planta global de personal que a continuación se establece:
Denominación del cargo
Código
Grado
No. Cargos
Director Técnico de Ministerio
0100
20
1
Subdirector Técnico de Ministerio
0150
17
1
Subdirector Técnico de Ministerio
0150
16
3
Asesor
1020
10
1
Asesor
1020
08
5
Asesor
1020
07
5
Asesor
1020
06
3
Jefe de División
2040
20
4
Jefe de División
2040
17
1
Jefe de División
2040
16
1
Profesional Especializado
3010
18
5
Profesional Especializado
3010
16
12
Profesional Especializado
3010
15
7
Profesional Especializado
3010
14
7
Profesional Especializado
3010
13
3
Profesional Especializado
3010
12
6
Profesional Especializado
3010
11
1
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Especializado
3010
09
2
Profesional Especializado
3010
08
1
Analista de Sistemas
4005
15
2
Coordinador
5005
21
1
Coordinador
5005
20
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
6
Secretario Ejecutivo
5040
15
3
Auxiliar Administrativo
5120
12
3
Auxiliar Administrativo
5120
11
3
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
TOTAL
90
Parágrafo, El Director creará grupos internos de trabajo de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio y según lo establecido en el artículo 106 del Decreto 2112 de 1992,
Artículo 6o. Las funciones propias de las distintas dependencias de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán desarrolladas por la planta global de personal que a continuación se establece:
Denominación del cargo
Código
Grado
No. Cargos
Director Técnico de Ministerio
0100
20
1
Subdirector Técnico de Ministerio
0150
17
1
Subdirector Técnico de Ministerio
0150
16
3
Asesor
1020
14
1
Asesor
1020
12
1
Asesor
1020
10
2
Asesor
1020
07
2
Asesor
1020
06
2
Asesor
1020
05
6
Asesor
1020
04
5
Asesor
1020
03
6
Asesor
1020
02
10
Asesor
1020
01
5
Jefe de División
2040
20
7
Jefe de División
2040
17
1
Profesional Especializado
3010
17
1
Profesional Especializado
3010
16
3
Profesional Especializado
3010
12
15
Profesional Especializado
3010
10
3
Analista de sistemas
4005
15
1
Técnico en Presupuesto
4035
15
1
Técnico Administrativo
4065
11
1
Técnico Administrativo
4065
09
4
Técnico Administrativo
4065
07
2
Coordinador
5005
21
5
Coordinador
5005
20
1
Coordinador
5005
19
2
Coordinador
5005
15
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
2
Secretario Ejecutivo
5040
15
11
Secretario Ejecutivo
5040
13
2
Secretario Bilingüe
5235
24
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
08
1
TOTAL PLANTA
110
Parágrafo, El Director creará grupos internos de trabajo de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio y según lo establecido en el artículo 106 del Decreto 2112 de 1992.
Articulo 7° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán desarrolladas por la planta global de personal que a continuación se establece:
Denominación del cargo
Código
Grado
No. Cargos
Director Técnico de Ministerio
0100
20
1
Subdirector Técnico de Ministerio
0150
16
2
Asesor
1020
10
2
Asesor
1020
08
1
Asesor
1020
07
2
Asesor
1020
05
2
Asesor
1020
03
1
Jefe de División
2040
17
1
Profesional Especializado
3010
18
3
Profesional Especializado
3010
17
3
Profesional Especializado
3010
16
5
Profesional Especializado
3010
15
2
Profesional Especializado
3010
14
8
Profesional Especializado
3010
12
3
Profesional Especializado
3010
10
4
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Especializado
3010
08
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Profesional Universitario
3020
05
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Analista de Sistemas
4005
15
1
Técnico Administrativo
4065
12
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Asistente Administrativo
4140
13
1
Coordinador
5005
21
2
Secretario Ejecutivo
5040
13
2
Secretario Ejecutivo
040
11
2
Auxiliar Administrativo
5120
11
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Secretario
5140
10
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
1
TOTAL PLANTA
59
Parágrafo, El Director creará grupos internos de trabajo de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio y según lo establecido en el artículo 106 del Decreto 2112 de 1992.
Artículo 8° Los funcionarios que sean incorporados como consecuencia de la reestructuración del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, devengarán el salario que les correspondía en la anterior planta de personal hasta el día que tomen posesión del cargo en la nueva planta que se adopta en los artículos 2°, 3°, 4°, 5°, 6° y 7″ del presente Decreto.
Parágrafo. Las incorporaciones a la planta de personal, así como la posesión en el nuevo cargo deberán realizarse en el término de quince (15) días, contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.
Artículo 9° Los funcionarios que a la fecha de publicación del presente Decreto se hallen nombrados en cualquiera de los cargos relacionados en el artículo 1° y que no sean incorporados en la nueva planta de personal, tendrán derecho al pago de las indemnizaciones o de las bonificaciones de que tratan los artículos 94 y 95 del Decreto 2112 del 29 de diciembre de 1992, siempre y cuando se cumpla con los presupuestos legales establecidos para tal efecto,
Artículo 10. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1962 del 15 de agosto de 1991, 2355, 2356, 2357, 2358, del 18 de octubre de 1991, Decreto 2920 del 31 de diciembre de 1991, Decreto 171 del 28 de enero de 1992, Decreto 291 del 14 de febrero de 1992, Decreto 647 del 14 de abril de 1992, Decreto 844 del 29 de mayo de 1992, Decreto 1363 del 20 de agosto de 1992, Decretos 1472 y 1473 del 10 de septiembre de 1992.
Publíquese y cúmplase,
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Publico
Hector José Cadena Clavijo.
El Director del Departamento Administrativo de la función pública,
Carlos Humberto Isaza Rodríguez.