DECRETO 583 DE 1992
(abril 6)
POR EL CUAL SE APRUEBA UNA REFORMA DE LOS ESTATUTOS DE LA COMPAÑIA DE FINANCIAMIENTO COMERCIAL DE PROMOCIONES S. A., “PRONTA”.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los Decretos-leyes 1050 y 3130 de 1968,
DECRETA:
Artículo 1° Apruébase la reforma del artículo 28 de los Estatutos de la Compañía de Financiamiento Comercial de Promociones S. A., “Pronta”, adoptada por la Junta Directiva en su reunión del 29 de enero de 1992, según consta en el Acta número 625 de esa fecha cuyo texto es el siguiente:
“El artículo 28 del Estatuto Social, quedará así:
Artículo veintiocho. El Revisor Fiscal será designado por el Gobierno Nacional a través del Presidente de la República y el Ministro de Hacienda y Crédito Público”.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 28 del Decreto 2196 del 10 de julio de 1986.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 6 de abril de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.