DECRETO 543 DE 1992

Decretos 1992

DECRETO 543 DE 1992    

(marzo 31)    

POR EL CUAL SE APRUEBA UNA REFORMA A LOS ESTATUTOS DE LA EMPRESA  NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales  y en especial de las contempladas en la letra b) del artículo 26 del Decreto 1050 de 1968,    

DECRETA:    

ARTICULO 1° Apruébase la reforma a los estatutos de la Empresa  Nacional de Telecomunicaciones, Telecom, adoptada por su Junta Directiva, la  cual es del siguiente tenor:    

RESOLUCION  NÚMERO JD-0059    

(5 de marzo  de 1992 )    

“Por la  cual se reforman los Estatutos de la Empresa Nacional de  Telecomunicaciones-Telecom-.    

La Junta  Directiva de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones-Telecom-, en ejercicio  de sus facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere el  artículo 26 del Decreto Ley 1050  de 1968 y el literal b) del artículo 16 de los Estatutos, y    

CONSIDERANDO:    

Que de  conformidad con lo establecido en el artículo 39 de los Estatutos actualmente  vigentes para la Empresa Nacional de Telecomunicaciones-Telecom-se establece la  posibilidad de vincular a dicha Entidad y por medio de contratos de trabajo,  personal para desempeñar las diferentes labores a que se refieren los literales  a) y b) de dicho artículo;    

Que en la  actualidad no existe dentro de la planta de personal autorizada para la Empresa  Nacional de Telecomunicaciones-Telecom-las plazas de trabajadores oficiales que  puedan prestar bajo la modalidad de contrato de trabajo las labores o servicios  a que se refieren los literales a) y b) de los Estatutos vigentes para la  Empresa, en su artículo 39;    

Que de  acuerdo con lo establecido por los artículos 163 y siguientes del Decreto Ley 222 de  1983 se prevé la posibilidad de contratar mediante la modalidad del  contrato administrativo de prestación de servicios las labores a que hacen  referencia los literales a) y b) de los Estatutos, en su artículo 39;    

Que en la  Empresa Nacional de Telecomunicaciones-Telecom-, no existen trabajadores  oficiales, pues sus empleados tienen el carácter de funcionarios o empleados  públicos;    

Que en  consecuencia, se hace necesario suprimir de los estatutos vigentes para la  Empresa Nacional de Telecomunicaciones-Telecom-la posibilidad de vincular  personal mediante la modalidad de contrato de trabajo para las labores o  servicios a que se refieren los literales a) y b) del artículo 39 de los  Estatutos,    

RESUELVE:    

Artículo  único. Modificar el artículo 39 de los Estatutos actualmente vigentes para la  Empresa Nacional de Telecomunicaciones-Telecom-el cual quedará así:    

“Las  personas que presten sus servicios a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones  son empleados públicos.    

En  consecuencia no habrá personal vinculado por contrato de trabajo con la calidad  de Trabajador Oficial”.    

La presente Resolución  requiere para su validez aprobación del Gobierno Nacional.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Expedida en  Santafé de Bogotá, D. C., a los … días del mes de … de mil novecientos  noventa y dos (1992).    

El  Presidente de la Junta Directiva,    

(Fdo.)  MAURICIO VARGAS LINARES.    

El  Secretario de la Junta Directiva,    

(Fdo.)  CARMEN CECILIA ANGARITA RODRIGUEZ».    

ARTICULO 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su  publicación.    

Comuníquese,  publíquese y cúmplase.    

Dado en  Santafé de Bogotá, D. C., a 31 de marzo de 1992.    

CESAR  GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro  de Comunicaciones,    

MAURICIO  VARGAS LINARES.              

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