DECRETO 463 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 463 DE 1994    

            (marzo 2)    

POR EL CUAL SE ACLARA EL Decreto 397 de 1994.    

El Ministro de Gobierno de la República de Colombia,  Delegatario de Funciones Presidenciales, en desarrollo de lo dispuesto por el Decreto 408 de 1994  y en ejercicio de las facultades que confiere el numeral 4°  del artículo 189 de la Constitución Política,    

         DECRETA:    

Artículo 1° Aclarar el segundo inciso del  artículo 2° del Decreto 397 de 1994,  en el sentido de que entre los días 7 y 11 de marzo del presente año únicamente  podrán celebrarse reuniones políticas en recintos cerrados;    

El día 12 de marzo y el día 13 del mismo mes  mientras tiene lugar el acto electoral, prohíbese toda clase de  manifestaciones.    

Artículo 2° El presente Decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 2 de marzo de  1994.    

                   FABIO VILLEGAS RAMIREZ    

El Ministro de Defensa Nacional,    

                     RAFAEL PARDO RUEDA.    

               

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