DECRETO 435 DE 1993
(marzo 5)
POR EL CUAL SE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA.
Nota 1: Derogado por el Decreto 2723 de 1997, artículo 6º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 2399 de 1997, por el Decreto 1257 de 1997, por el Decreto 814 de 1996, por el Decreto 734 de 1996, por el Decreto 319 de 1996, por el Decreto 1066 de 1995, por el Decreto 79 de 1995, por el Decreto 1682 de 1994 y por el Decreto 125 de 1994.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades consagradas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º Las funciones propias del Departamento Administrativo de la Función Pública, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL EMPLEO
CODIGO
GRADO
DESPACHO DEL DIRECTOR
1
Director de Departamento Administrativo
0010
–
3
Asesor de la Comisión Nacional del Servicio Civil
1008
09
1
Asesor
1020
09
1
Profesional Especializado
3010
14
1
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Universitario
3020
08
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Asistente Administrativo
4140
12
1
Técnico Administrativo
4065
07
2
Secretario Ejecutivo del Despacho del Director de Departamento Administrativo
5230
22
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
11
1
Conductor Mecánico
6010
11
PLANTA GLOBALIZADA
1
Subdirector de Departamento Administrativo
0025
–
2
Director Técnico de Departamento Administrativo
0100
19
4
Jefe de Oficina Asesora de Departamento Administrativo
0125
09
7
Asesor
1020
05
14
Asesor
1020
03
13
Asesor
1020
01
3
Jefe de División
2040
18
3
Jefe de División
2040
17
1
Profesional Especializado
3010
17
4
Profesional Especializado
3010
16
19
Profesional Especializado
3010
14
4
Profesional Especializado
3010
13
14
Profesional Especializado
3010
12
8
Profesional Especializado
3010
10
3
Profesional Especializado
3010
09
18
Profesional Universitario
3020
08
12
Profesional Universitario
3020
06
1
Profesional Universitario
3020
05
9
Profesional Universitario
3020
04
1
Profesional Universitario
3020
03
1
Analista de Sistemas
4005
13
1
Asistente Administrativo
4140
16
3
Asistente Administrativo
4140
15
1
Asistente Administrativo
4140
12
1
Asistente Administrativo
4140
10
3
Técnico Administrativo
4065
11
5
Técnico Administrativo
4065
09
11
Técnico Administrativo
4065
07
7
Programador de Sistemas
4060
09
2
Operador de Equipo de Sistemas
4100
06
8
Secretario Ejecutivo
5040
17
14
Secretario Ejecutivo
5040
13
8
Auxiliar Administrativo
5120
11
8
Auxiliar Administrativo
5120
09
3
Auxiliar Administrativo
5120
07
20
Secretario
5140
10
3
Ayudante de Oficina
5155
07
7
Conductor Mecánico
6010
10
19
Auxiliar de Servicios Generales
6035
09
5
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
Artículo 2º El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, distribuirá el personal en los cargos a que se refiere el presente Decreto, mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura orgánica, las necesidades del servicio, los planes y programas trazados por la entidad.
Artículo 3º Al entrar en vigencia el presente Decreto los cargos que conformaban la planta de personal del Departamento Administrativo de la Función Pública se entenderán suprimidos automáticamente, en tal razón a aquellos funcionarios a quienes se les suprima el empleo y no sean incorporados en los cargos de que trata el artículo primero de este Decreto, se les cancelaran las indemnizaciones de que trata el capítulo segundo del Decreto 2169 de 1992.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1352 y 2783 de 1991, 492 de 1992 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 5 de marzo de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.