DECRETO 305 DE 1993

Decretos 1993

DECRETO 305 DE 1993     

(febrero 15)    

POR EL CUAL SE CREA EL  CIRCULO NOTARIAL DE SAN JOSE DEL GUAVIARE Y SE CREA UNA NOTARIA.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el  artículo 131 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que es preocupación del Gobierno Nacional propender por la búsqueda de  soluciones a las necesidades mas sentidas de la población colombiana;    

Que el Gobierno Nacional es consciente de la necesidad de ofrecer cada  día un mejor servicio a quien lo demande, y de brindar mayor comodidad a los  usuarios en todas aquellas regiones del territorio nacional;    

Que de conformidad con el artículo 309 de la Constitución Política de  Colombia, la Comisaría del Guaviare fue erigida en departamento, constituyéndose  el Municipio de San José del Guaviare como su capital;    

Que el Municipio de San José del Guaviare carece de notaría, en  perjuicio de la comunidad que requiere este servicio;    

Que la ampliación de la cobertura del servicio público de notariado mediante  la creación de círculos notariales y notarías, facilitará el acceso del usuario  al servicio y redundará en eficacia y eficiencia en la prestación del mismo;    

Que la cobertura del actual servicio de notariado equivale al 45.4% de  los 1.022 municipios del país, correspondientes a 465 círculos notariales con  un total de 611 notarías;    

Que el inciso 3° del artículo 131 de la Constitución Política  establece “corresponde al Gobierno la creación, supresión y fusión de los  círculos de notariado y registro y la determinación del número de notarios y  oficinas de registro”;    

Que de conformidad con el numeral 10 del artículo 9° del Decreto 2158 de 1992  la Superintendencia de Notariado y Registro ha hecho una análisis de las  condiciones de desarrollo económico-social presente y futuro de los municipios  y regiones del país lo que le ha permitido recomendar al Gobierno la creación  de círculos de notariado y la determinación del número de notarios;    

Que por lo anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1° Para la prestación del servicio público notarial créase el  siguiente círculo notarial cuya comprensión municipal y categoría será la que a  continuación se indica:       

CIRCULO NOTARIAL                    

COMPRENSION MUNICIPAL                    

CATEGORIA   

Departamento del    Guaviare   

San José del Guaviare                    

San Jose del Guaviare                    

1a      

Artículo 2° Créase la Notaria única en el Círculo Notarial de San José  del Guaviare, Guaviare.    

Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 15 de febrero  de 1993.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Justicia,    

ANDRES GONZALEZ DIAZ.              

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