DECRETO 2926 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 2926 DE  1994    

(diciembre 31)    

por el cual fija el monto  de la cotización de los afiliados al Sistema de Seguridad Social en Salud, de  conformidad con el Acuerdo número 011 de 1994, del Consejo Nacional de  Seguridad Social en Salud.    

Nota: Aclarado por el Decreto 1638 de 1995.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales,  especialmente las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  previa aprobación del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud,    

DECRETA:    

Artículo 1o. Del monto de  cotización. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 del Decreto ley 1298  de 1994, el monto de cotización para la afiliación familiar en el Sistema  General de Seguridad Social en Salud, será del doce por ciento (12%) del  salario base de cotización a partir del 1° de enero de 1995.    

Se entiende que en este  porcentaje se encuentra comprendido el punto de solidaridad de que trata el  literal a) del artículo 159 del Decreto ley 1298  de 1994.    

Artículo 2o. Vigencia. El  presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los  incisos 1 y 2 del artículo 1° del Decreto 1814 de 1994,  y demás disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Cartagena de  Indias, D.T., a 31 de diciembre de 1994.    

ERNESTO SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

             Guillermo Perry Rubio.    

El Ministro de Salud,    

             Alonso Gómez Duque.              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *