DECRETO 2908 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 2908 DE 1994    

(diciembre  31)    

por el cual  se aprueba el Acuerdo número 003 del 6 de abril de 1994 expedido por el Consejo  Directivo del Instituto Técnico Nacional de Comercio Simón Rodríguez sobre  adopción de la Planta de Personal Docente.    

El Presidente  de la República de Colombia, en ejercicio de sus    

facultades  legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto ley 1042  de 1978,    

DECRETA:    

ARTICULO 1°. Aprobar en todas y en cada una de sus partes el  Acuerdo número 003 del 6 de abril de 1994, expedido por el Consejo Directivo  del Instituto Técnico Nacional de Comercio Simón Rodríguez, sobre adopción de  la Planta de Personal Docente de esa institución, cuyo texto es el siguiente:    

ACUERDO  NÚMERO 003 DE 1994    

(abril 6)    

por el cual  se establece la Planta de Personal Docente del Instituto Técnico Nacional de  Comercio Simón Rodríguez.    

El Consejo  Directivo, en uso de sus facultades:    

ACUERDA:    

Artículo 1°. Establécese la Planta de Personal Docente de los    

Programas de  Educación Superior así:    

No.DE CARGOS    

14 Docente  de tiempo completo    

25 Docente  de medio tiempo    

Artículo 2°. Establécese la Planta de Personal Docente de los  Programas de Bachillerato así:    

No. DE  CARGOS    

58  Profesores de tiempo completo.    

Artículo 3°. El rector del Instituto mediante resolución hará  la distribución de los anteriores cargos de conformidad a los planes, programas  y necesidades.    

Artículo 4°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de  su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y para su  validez requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional.    

Comuníquese  y publíquese.    

Dada en  Santiago de Cali, a los seis (6) días del mes de abril de 1994.    

El  Presidente,    

               (Fdo.) Armando Mosquera Torres.    

El  Secretario,    

               (Fdo.) Pedro José Jácome Ortiz».    

ARTICULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de  su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en  Cartagena de Indias, D.T., a 31 de diciembre de 1994.    

                ERNESTO SAMPER PIZANO.    

El Ministro  de Hacienda y Crédito Público,    

                Guillermo Perry Rubio.    

El Ministro  de Educación Nacional,    

                Arturo Sarabia Better.    

El Director  del Departamento Administrativo de la Función Público,    

                 Eduardo González Montoya.              

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