DECRETO 2879 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 2879 DE  1994    

(diciembre 29)    

por el cual se establece una bonificación especial  ocasional en el Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión.    

El Presidente de la República de Colombia, en  desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1o. Con motivo de cumplirse cuarenta (40)  años de funcionamiento del servicio público de televisión en Colombia, a título  de mera liberalidad, establécese una bonificación especial a favor de los  empleados del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión, en cuantía  equivalente a treinta (30) días de asignación básica vigente a 13 de junio de  1994, pagadera por una sola vez, en el mes de diciembre del corriente año.    

Artículo 2o. El reconocimiento del estímulo pecuniario  que se establece en el artículo anterior, tiene carácter ocasional y no  constituye factor de salario ni prestacional para ningún efecto legal.    

Artículo 3o. Tendrán derecho al estímulo pecuniario  de que trata el presente Decreto, los empleados de Inravisión que estuvieren  vinculados al Instituto a 13 de junio de 1994 y continúen prestando sus  servicios a dicha entidad.    

Artículo 4o. Autorízase al Director del Instituto  para que efectúe el pago de este reconocimiento en la fecha que trata el  artículo primero de este Decreto.    

Artículo 5o. El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Cartagena de Indias, D.T., a 29 de diciembre  de 1994.    

                                              ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

             Guillermo Perry Rubio.    

El Ministro de Comunicaciones,    

             Armando Benedetti Jimeno.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

              Eduardo González Montoya.              

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