DECRETO 2834 DE 1994
(diciembre 22)
por el cual se modifica el Decreto 1231 del 17 de junio de 1994.
Nota: Derogado parcialmente por el Decreto 845 de 1995.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°. Derogar el artículo 1° del Decreto 1231 de 1994.
Artículo 2°. Derogado por el Decreto 845 de 1995, artículo 1º. El artículo 2° del Decreto 1231 del 17 de junio de 1994, quedará así:
La decisión de afiliar a los trabajadores a una caja de compensación familiar la tomará el empleador, aplicando el procedimiento que para el efecto señale el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 22 días de diciembre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
María Sol Navia Velasco.