DECRETO 2523 DE 1993
(diciembre 15)
POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO 045 DEL 27 DE OCTUBRE DE 1993, QUE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR.
Nota 1: Derogado por el Decreto 2042 de 1995, artículo 2º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1928 de 1994 y por el Decreto 577 de 1994.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978 y oído el concepto del Departamento Administrativo de la Función Pública,
DECRETA:
Artículo 1o. Apruébase el Acuerdo 045 del 27 de octubre de 1993, por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 045 DE 1993
(octubre 27)
“por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar”.
La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas en el literal j) del artículo 19 del Acuerdo 00102 de 1979, aprobado por Decreto 334 de 1980,
ACUERDA:
Artículo 1o. Suprímense los siguientes cargos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar establecida mediante Acuerdos números 007 y 012 de 1990 y 003 de 1993:
PLANTA SEDE NACIONAL
No. de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
6
Profesional Universitario
3020
04
6
Profesional Universitario
3020
06
15
Profesional Universitario
3020
08
1
Médico Especialista (medio tiempo)
3120
16
1
Analista de Sistemas
4005
13
1
Analista de Sistemas
4005
15
1
Técnico en Presupuesto
4035
10
1
Técnico en Presupuesto
4035
13
1
Programador de Sistemas
4060
12
3
Técnico Administrativo
4065
07
3
Técnico Administrativo
4065
11
2
Técnico Operativo
4080
07
3
Técnico Operativo
4080
10
2
Operador de Equipo de Sistemas
4100
09
1
Auxiliar de Técnico
4110
05
2
Secretario Ejecutivo
5040
13
2
Secretario Ejecutivo
5040
15
5
Auxiliar Administrativo
5120
07
3
Auxiliar Administrativo
5120
09
7
Auxiliar Administrativo
5120
11
6
Secretario
5140
08
14
Secretario
5140
10
1
Operario Calificado
6000
07
3
Operario Calificado
6000
08
2
Operario Calificado
6000
09
6
Conductor Mecánico
6010
09
1
Operario
6030
05
14
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
PLANTA DIRECCIONES REGIONALES Y CENTROS ZONALES
No. de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1
Profesional Especializado
3010
08
3
Profesional Especializado
3010
09
23
Profesional Universitario
3020
04
2
Profesional Universitario
3020
05
68
Profesional Universitario
3020
06
5
Profesional Universitario
3020
08
2
Técnico en Presupuesto
4035
10
1
Técnico en Presupuesto
4035
13
8
Técnico Administrativo
4065
07
18
Técnico Administrativo
4065
09
7
Técnico Administrativo
4065
11
31
Técnico en Educación
4075
07
5
Técnico en Educación
4075
08
23
Técnico en Educación
4075
09
2
Técnico Operativo
4080
07
1
Técnico Operativo
4080
09
1
Técnico Operativo
4080
10
33
Auxiliar de Técnico
4110
03
31
Auxiliar de Técnico
4110
05
39
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Coordinador
5005
17
26
Auxiliar Administrativo
5120
07
18
Auxiliar Administrativo
5120
09
7
Auxiliar Administrativo
5120
11
15
Secretario
5140
08
67
Secretario
5140
10
1
Ecónomo
5150
07
2
Conductor Mecánico
6010
08
10
Conductor Mecánico
6010
09
6
Celador
6020
04
2
Operario
6030
05
38
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
5
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
Artículo 2o. Las funciones propias del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en sus diferentes dependencias, se cumplirán con la Planta de Personal que a continuación se establece:
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
No. de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1
Director General de Establecimiento Público
0015
18
3
Asesor
1020
04
1
Secretario Privado
3035
12
2
Secretario Ejecutivo
5040
17
2
Secretario Ejecutivo
5040
15
PLANTA GLOBAL
No. de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1
Secretario General de Establecimiento Público
0037
10
7
Subdirector General de Establecimiento Público
0040
09
1
Jefe de Oficina
2045
21
26
Director Regional
2035
21
3
Jefe de División
2040
09
81
Jefe de División
2040
14
24
Jefe de División
2040
17
3
Director de Centro
2105
03
38
Profesional Especializado
3010
08
16
Profesional Especializado
3010
09
124
Profesional Especializado
3010
10
278
Profesional Especializado
3010
12
15
Profesional Especializado
3010
13
360
Profesional Universitario
3020
04
186
Profesional Universitario
3020
05
439
Profesional Universitario
3020
06
239
Profesional Universitario
3020
08
60
Defensor de Familia
3125
16
230
Defensor de Familia
3125
14
143
Defensor de Familia
3125
12
100
Defensor de Familia
3125
10
1
Analista de Sistemas
4005
13
3
Analista de Sistemas
4005
15
5
Técnico en Presupuesto
4035
10
5
Técnico en Presupuesto
4035
13
43
Técnico Administrativo
4065
07
49
Técnico Administrativo
4065
09
23
Técnico Administrativo
4065
10
58
Técnico Administrativo
4065
11
4
Técnico Administrativo
4065
12
104
Técnico en Educación
4075
07
23
Técnico en Educación
4075
08
30
Técnico en Educación
4075
09
6
Técnico Operativo
4080
07
17
Técnico Operativo
4080
09
6
Técnico Operativo
4080
10
1
Dibujante
4095
06
4
Dibujante
4095
08
46
Auxiliar de Técnico
4110
03
154
Auxiliar de Técnico
4110
05
183
Auxiliar de Técnico
4110
06
38
Tecnólogo
4165
11
52
Tecnólogo
4165
13
3
Técnico Profesional
4175
07
30
Técnico Profesional
4175
09
3
Técnico Profesional
4175
11
2
Coordinador
5005
17
4
Coordinador
5005
20
9
Coordinador
5005
21
44
Secretario Ejecutivo
5040
13
15
Secretario Ejecutivo
5040
15
3
Pagador
5045
17
2
Almacenista
5080
13
3
Almacenista
5080
15
120
Auxiliar Administrativo
5120
07
242
Auxiliar Administrativo
5120
09
162
Auxiliar Administrativo
5120
11
41
Auxiliar Administrativo
5120
12
33
Secretario
5140
06
264
Secretario
5140
08
208
Secretario
5140
10
7
Ecónomo
5150
07
2
Operario Calificado
6000
07
9
Operario Calificado
6000
08
37
Operario Calificado
6000
09
3
Transcriptor de Datos
6005
08
25
Conductor Mecánico
6010
06
138
Conductor Mecánico
6010
08
47
Conductor Mecánico
6010
09
121
Celador
6020
04
80
Operario
6030
05
415
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
32
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
4
Enfermero Auxiliar
6045
07
Artículo 3o. El Director General, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global establecida en el artículo anterior y ubicará el personal de acuerdo con la estructura interna, los planes y programas adoptados y las necesidades del Servicio.
Artículo 4o. Los Empleados Públicos que estén al servicio del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar al momento de aprobarse la Planta que por esta norma se fija y cuyos empleos se suprimen en el artículo 1o. del presente Acuerdo, se les aplicará lo dispuesto en el artículo 8o. de la Ley 27 de 1992 y su Decreto reglamentario 1223 de 1993.
Artículo 5o. Los empleados que sean incorporados devengarán el salario que les correspondía en la anterior Planta de Personal, hasta el día que tomen posesión del cargo asignado en la nueva Planta que se adopta con el presente Acuerdo.
Parágrafo. La incorporación en la nueva planta se efectuará dentro del término de veinte (20) días calendario, contados a partir de la vigencia del Decreto que apruebe este Acuerdo, y se sujetará a lo establecido en el artículo 81 del Decreto 1042 de 1978.
Artículo 6o. El presente Acuerdo rige a partir de la publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga las disposiciones que sean contrarias, en especial los Acuerdos 007 y 012 de 1990 y el 003 de 1993.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, a 27 de octubre de 1993.
El Presidente de la Junta Directiva,
(Fdo.) JUAN LUIS LONDOÑO DE LA CUESTA.
La Secretaria de la Junta Directiva,
(Fdo.) MYRIAM STELLA ORTIZ QUINTERO.
ARTICULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que sean contrarias, en especial el Decreto 1076 del 22 de mayo de 1990 y el Decreto 204 del 20 de enero de 1993.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá , D.C., a 15 de diciembre de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito‚ Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Ministro de Salud,
JUAN LUIS LONDOÑO DE LA CUESTA.
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
JORGE ELIECER SABAS BEDOYA.