DECRETO 2454 DE 1993
(diciembre 7)
Por el cual se establece la Planta de Personal de la Superintendencia de vigilancia y Seguridad Privada.
Nota 1: Derogado por el Decreto 2356 de 2006, artículo 7º.
Nota 2: Modificado por el Decreto 179 de 2006, por el Decreto 085 de 2005 y por el Decreto 137 de 2004.
Nota 3: Aclarado parcialmente por el Decreto 1695 de 1996.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 14, del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1°. Ver aclaración del Decreto 1695 de 1996, artículo 1º. Las funciones propias de las distintas dependencias de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, serán desarrolladas por la Planta de Personal global que a continuación se establece:
Nº de Cargos
Denominación del Cargo
Código
Grado
1
Superintendente
0030
2
Superintendente Delegado
0110
12
1
Secretario General
0037
11
8
Director de Superintendencia
0105
08
5
Director Regional
2035
18
4
Jefe de Oficina
2045
18
12
Profesional Especializado
3010
16
8
Profesional Especializado
3010
14
10
Profesional Especializado
3010
12
10
Profesional Especializado
3010
10
15
Profesional Universitario
3020
08
15
Profesional Universitario
3020
06
2
Analista de Sistemas
4005
15
10
Programador de Sistemas
4060
10
2
Técnico en Presupuesto
4035
10
10
Técnico Administrativo
4065
09
4
Secretario Ejecutivo
5040
17
8
Secretario Ejecutivo
5040
15
15
Secretario
5140
13
20
Secretario
5140
10
10
Auxiliar Administrativo
5120
10
10
Auxiliar Administrativo
5120
08
10
Auxiliar Administrativo
5120
06
4
Conductor Mecánico
6010
10
5
Conductor Mecánico
6010
08
3
Conductor Mecánico
6010
06
4
Auxiliar de Servicios Generales
6035
06
8
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
Artículo 2°. La provisión de los cargos establecidos en la presente Planta, queda supeditada al monto de las apropiaciones presupuestales aprobadas para la vigencia.
Artículo 3º. La Planta Global de cargos establecida en el artículo 1° del presente Decreto, se distribuirá mediante resolución del Superintendente, de conformidad con los objetivos, estructura orgánica, las necesidades del servicio, y los planes y programas adoptados.
Artículo 4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 7 de diciembre de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Ministro de Defensa Nacional,
RAFAEL PARDO RUEDA.
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del
Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
JORGE ELIECER SABAS BEDOYA.