DECRETO 2323 DE 1994
(octubre 13)
el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Nota: Derogado por el Decreto 748 de 1997, artículo 5º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º Suprimir de la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, creada mediante Decreto 595 de marzo 30 de 1993, los cargos que se establecen a continuación:
Planta Globalizada
No. DE CARGOS
DENOMINACION DEL EMPLEO
CODIGO
GRADO
1 (Uno)
Secretario General de Ministerio
0035
16
3 (Tres)
Director Técnico de Ministerio
0100
12
7 (Siete)
Subdirector Técnico de Ministerio
0150
08
3 (Tres)
Jefe de Oficina
2045
25
3 (Tres)
Jefe de Oficina
2045
21
2 (Dos)
Jefe de División
2040
14
1 (Uno)
Profesional Especializado
3010
12
2 (Dos)
Profesional Especializado
3020
08
1 (Uno)
Profesional Universitario
3020
06
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
5120
09
5 (Cinco)
Secretario Ejecutivo
5040
13
Artículo 2º Adicionar la planta de personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, creada mediante Decreto 595 de marzo 30 de 1993, con los cargos que se establecen a continuación:
Planta Globalizada
No. DE CARGOS
DENOMINACION DEL EMPLEO
CODIGO
GRADO
1 (Uno)
Secretario General de Ministerio
0035
20
4 (Cuatro)
Director Técnico de Ministerio
0100
17
8 (Ocho)
Subdirector Técnico de Ministerio
0150
12
3 (Tres)
Jefe de Oficina Asesora de Ministerio
0125
17
3 (Tres)
Jefe de Oficina Asesora de Ministerio
0125
09
2 (Dos)
Asesor
1020
06
8 (Ocho)
Profesional Especializado
3010
17
10 (Diez)
Profesional Especializado
3010
16
8 (Ocho)
Profesional Especializado
3010
14
2 (Dos)
Médico Especialista
3120
16
1 (Uno)
Médico (Medio Tiempo)
3085
14
1 (Uno)
Analista de Sistemas
4005
15
4 (Cuatro)
Secretario Ejecutivo
5040
18
3 (Tres)
Secretario Ejecutivo
5040
16
3 (Tres)
Auxiliar Administrativo
5120
11
Artículo 3º El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la planta globalizada y ubicará al personal de conformidad con la estructura interna del Ministerio, la naturaleza de las funciones, las necesidades del servicio y los planes y programas del organismo.
Artículo 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 13 de octubre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Guillermo Perry Rubio.
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
María Sol Navia Velasco.
El Director del Departamento Administrativo de la Función
Pública,
Eduardo González Montoya.