DECRETO 2252 DE 1994
(octubre 6)
por el cual se aprueba una reforma parcial a los Estatutos Sociales de la Financiera Energética Nacional S.A., FEN.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 8º de la Ley 11 de 1982,
DECRETA:
Articulo 1º. Apruébase la reforma de los estatutos sociales de la Financiera Energética Nacional S.A. ,FEN, adoptada por la Asamblea General Ordinaria de Accionistas celebrada en la ciudad de Santafé de Bogotá, D.C., el 15 de marzo de 1994, cuyo texto es el siguiente:
“1. Al artículo 7º. Funciones, agregar un numeral con el siguiente texto:….
20. Emitir títulos valores en el exterior con sujeción a lo dispuesto por la legislación vigente.
2. En el artículo 50 (funciones de la Junta Directiva) eliminar los numerales 16 y 19.
3. Adicionar el numeral 20 del mismo artículo con la siguiente frase: Fijar las cuantías de las delegaciones en materia contractual.
4. En el artículo 52 (FUNCIONES DEL PRESIDENTE), numeral 3 celebrar y firmar los contratos y obligaciones y ejecutar los demás actos de la sociedad.
5. En el numeral 16 del mismo artículo 52, delegar en los Vicepresidentes la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos. La Junta Directiva fijará las cuantías para las delegaciones.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica, en lo pertinente, el Decreto 263 del 12 de febrero de 1992, por el cual se aprobó la reforma integral de los estatutos sociales de la Financiera Energética Nacional S.A.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 6 de octubre de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO
Ministro de Minas y Energía,
Jorge Eduardo Cock Londoño.