DECRETO 2243 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 2243 DE 1994    

(octubre 5)    

por el cual se adiciona la nomenclatura y  clasificación de empleos de que trata el Decreto 1681 de 1991 y se dictan normas  complementarias.    

Nota: Derogado  parcialmente por el Decreto 90 de 1995.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, en  desarrollo de las normas generales previstas en la Ley 4ª de 1992 y,    

CONSIDERANDO:    

Que la Constitución Política de Colombia consagró la  figura del Vicepresidente de la República para reemplazar al Presidente de la  República en sus faltas temporales o absolutas;    

Que el artículo 202 de la Carta dispone que el  Presidente de la República podrá confiar al Vicepresidente misiones o encargos  especiales y designarlo en cualquier cargo de la rama ejecutiva;    

Que en virtud de tales misiones o encargos el  Vicepresidente prestará asistencia permanente al Presidente de la República en  el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, por lo cual debe  incorporarse dicho empleo dentro de la nomenclatura y clasificación de empleos  de la Presidencia de la República y asignarse al mismo la remuneración que  corresponda, en desarrollo de las normas legales y vigentes.    

DECRETA:    

Artículo 1º. Adiciónase la nomenclatura de empleos de  que trata el Decreto 1681 de 1991 y demás normas que  lo modifican, de la siguiente manera:       

Nivel de dirección y de asistencia al presidente   

DENOMINACION    DEL EMPLEO                    

CODIGO                    

GRADO   

Vicepresidente de la República                    

102                    

—      

Artículo 2º. Adiciónase en el nivel de Dirección y de  Asistencia al Presidente de que trata el Decreto 1681 de 1991, para la  denominación de empleo que se establece en el presente |Decreto, la función de  atender y cumplir las misiones o encargos especiales que le confíe el  Presidente de la República.    

Artículo 3º. Derogado  por el Decreto 90 de 1995,  artículo 14. El  empleo de Vicepresidente de la República, Código 102, tendrá una remuneración  mensual de tres millones ochocientos cincuenta y cuatro mil ciento setenta y  cuatro pesos ($3.854.174), discriminados así:       

Asignación básica                    

$980.100   

Gastos de Representación                    

$2.874.074      

Artículo 4º. El empleo de Vicepresidente de la  República tendrá el mismo régimen prestacional vigente para los empleados del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República:    

Artículo 5º. Si el Vicepresidente de la República  fuere designado por el Presidente de la República para desempeñar algún cargo  de la Rama Ejecutiva, su régimen salarial y prestacional será el que le  corresponde como Vicepresidente de la República.    

Artículo 6º. El presente |Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación, y adiciona en lo pertinente el Decreto 1681 de 1991 y las demás normas  que lo modifican    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Santafé de Bogotá, D.C., 5 de octubre de 1994.    

ERNESTO  SAMPER PIZANO    

El  Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del  Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Francisco  Azuero Zúñiga.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

Juan  Manuel Turbay Marulanda.    

El  Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Eduardo González Montoya.              

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