DECRETO 2187 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 2187 DE  1994    

(septiembre 20)    

por el cual se suprime un cargo en el Departamento Administrativo de  la Presidencia de la República y se reasignan unas funciones.    

Nota: Derogado  parcialmente por el Decreto 1289 de 1996.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  constitucionales que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y  las facultades legales del artículo 74 del Decreto ley 1042  de 1978 y los artículos 16 y 17 del Decreto ley 1680  de 1991,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Cámbiase la denominación del cargo de Consejero Presidencial para la  Modernización de la Administración Pública y la Descentralización, en el  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, a la  denominación de Consejero Presidencial para el Desarrollo Institucional.    

Artículo  2º. Suprímese el cargo de Consejero Presidencial para el Desarrollo de la  Constitución en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República.    

Artículo  3º. Derogado por el Decreto 1289 de 1996,  artículo 2º. Asígnase  al Consejero Presidencial para el Desarrollo Institucional, además de las  funciones establecidas en el artículo 16 del  Decreto 1860 de 1991, las funciones que tenía el Consejero Presidencial para  el Desarrollo de la Constitución establecidas en el artículo 15 del Decreto 1860 de 1991.    

Artículo  4º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga  las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Santafé de Bogotá, D.C., a 20 de septiembre de 1994.    

                     ERNESTO SAMPER PIZANO    

El  Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

                  Juan Manuel Turbay Marulanda.              

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