DECRETO 2114 DE 1992

Decretos 1992

DECRETO 2114 DE 1992    

(Diciembre 29)    

POR EL  CUAL SE REESTRUCTURA LA CAJA DE PREVISION SOCIAL DE  LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA “CAPRESUB”.    

Nota: Derogado por el  Decreto 1128 de 1999.    

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de las  facultades conferidas en el Artículo Transitorio 20 de la Constitución  Política y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de que trata  dicho artículo,    

D E C R E T A:    

ARTICULO 1o. NATURALEZA JURIDICA-.  La Caja de Previsión Social de la Superintendencia Bancaria, “Capresub” es un establecimiento público del orden  nacional, dotado de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio  independiente, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.    

ARTICULO 2o. FUNCIONES. La Caja de Previsión  Social de la Superintendencia Bancaria “Capresub”,  además de las funciones que le otorgan las normas vigentes podrá celebrar  convenios con la Caja Nacional de Previsión Social para asumir la prestación de  los servicios médico-asistenciales de funcionarios públicos del orden nacional.    

ARTICULO 3o. JUNTA DIRECTIVA. La Junta  Directiva estará presidida por el Ministro de Hacienda y Crédito Público o su  delegado, el Superintendente Bancario.    

ARTICULO 4o. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación, deroga el inciso 2° del artículo 83 del Decreto 125 de 1976  y los artículos 4.1.9.0.10 y 4.1.9.0.11. del Decreto 1730 de 1991.    

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE  Y CUMPLASE.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 29  días del mes de diciembre de 1992.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

RUDOLF HOMMES  RODRIGUEZ    

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la  República,    

FABIO VILLEGAS RAMIREZ    

               

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