DECRETO 2105 DE 1993
(octubre 21)
por el cual se aprueba el Acuerdo no. 020 del 3 de junio de 1993, que establece la Planta de Personal para el Sanatorio de Contratación (Santander).
Nota: Derogado por el Decreto 2689 de 1997, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto ley 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTICULO 1o.Apruébase el Acuerdo No. 020 de junio 3 de 1993, por el cual se establece la planta de personal del Sanatorio de Contratación (Santander), cuyo texto es el siguiente:
REPUBLICA DE COLOMBIA
SANATORIO DE CONTRATACION
Junta Directiva
ACUERDO NÚMERO 020 DE 1993
(junio 3)
por el cual se establece la planta de personal del Sanatorio De Contratacion (Santander).
La Junta Directiva del Sanatorio de Contratación, Santander, en desarrollo de las en facultades que le confieren los Decretos 1050, 3130 de 1968, 2575 de 1970 y 2164 de 1992,
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. Las funciones y actividades propias de las distintas dependencias del Sanatorio de Contratación, Santander, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
No. CARGOS
DENOMINACION DEL EMPLEO
CODIGO
GRADO
DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL
1 (Uno)
Director General del Establecimiento Público
0015
06
1 (Uno)
Asesor
1020
01
1 (Uno)
Auditor
3030
04
1 (Uno)
Secretario
5140
06
Planta Globalizada
ATENCION MEDICA:
3 (Tres)
Profesional Universitario
3020
06
4 (Cuatro)
Profesional Universitario
3020
04
2 (Dos)
Profesional Universitario
3020
03
1 (Uno)
Capellán (medio tiempo)
3060
04
1 (Uno)
Enfermero Auxiliar
6045
08
2 (Dos)
Auxiliar de Técnico
4110
05
8 (Ocho)
Enfermero Auxiliar
6045
07
2 (Dos)
Auxiliar de Técnico
4110
03
5 (Cinco)
Ayudante
6025
05
2 (Dos)
Ayudante
6025
03
14(Catorce)
Ayudante
6025
02
6 (Seis)
Ayudante
6025
01
1 (Uno)
Conductor Mecánico
6010
06
ADMINISTRACION:
1 (Uno)
Asistente Administrativo
4140
15
1 (Uno)
Técnico Operativo
4080
09
1 (Uno)
Técnico Operativo
4080
07
1 (Uno)
Técnico en Presupuesto
4035
07
1 (Uno)
Auxiliar de Técnico
4110
06
1 (Uno
Auxiliar de Técnico
4110
05
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
5120
13
1 (Uno)
Almacenista
5080
11
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
5120
09
3 (Tres)
Auxiliar Administrativo
5120
07
1 (Uno)
Secretario
5140
06
4 (Cuatro)
Auxiliar Administrativo
5120
05
2 (Dos)
Ayudante de Oficina
5155
05
1 (Uno)
Ayudante de Oficina
5155
03
1 (Uno)
Ayudante
6025
05
1 (Uno)
Ayudante
6025
03
1 (Uno)
Ayudante de Oficina
5155
01
1 (Uno)
Conductor Mecánico
6010
03
5 (Cinco)
Celador
6020
01
6 (Seis)
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
45 (Cuarenta y cinco)
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
ARTICULO SEGUNDO. El Director General del Sanatorio de Contratación, Santander, distribuirá el personal en los cargos a que se refiere el presente Acuerdo, mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura orgánica, las necesidades del servicio, los planes y programas trazados en la entidad.
ARTICULO TERCERO. La autoridad nominadora designará el personal que deba ocupar los cargos que el presente Acuerdo establece, de conformidad con las disposiciones legales y las normas fijadas por este Acuerdo.
ARTICULO CUARTO. El presente Acuerdo rige a parir de la fecha de su publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo aprueba, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1994 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Contratación, Santander, a los (3) días del mes de junio de mil novecientos noventa y tres (1993).
(Fdo.) Dr. TEODOSIO RIVEROS DAZA, Presidente de la Junta Directiva (hay sello).
(Fdo.) LUIS ANTONIO ACUNA BAUTISTA, Secretario Junta Directiva (hay sello).
ARTICULO 2o.El presente Decreto rige a partir del 1º de enero de 1994, previa publicación en el Diario Oficial.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 21 de octubre de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Ministro de Salud,
JUAN LUIS LONDOÑO DE LA CUESTA.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.