DECRETO 2099 DE 1992
(diciembre 29)
POR EL CUAL SE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL PARA LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA.
Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 2372 de 1993.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Las funciones propias de la Superintendencia Bancaria serán cumplidas por la planta global de personal que a continuación se establece:
N° DE CARGOS
DENOMINACION DEL EMPLEO
CODIGO
GRADO
1
Superintendente
0030
17
1
Secretario General de Superintendencia
0037
11
3
Superintendente Delegado
0110
12
7
Director de Superintendencia
0105
08
3
Asesor
1020
06
3
Asesor
1020
05
5
Asesor
1020
04
N° DE CARGOS
DENOMINACION DEL EMPLEO
CODIGO
GRADO
2
Jefe de Oficina
2045
20
4
Jefe de Oficina
2045
15
10
Jefe de División
2040
19
10
Jefe de División
2040
17
3
Jefe de División
2040
12
30
Jefe de Grupo
2085
09
22
Jefe de Grupo
2085
07
15
Profesional Especializado
3010
16
20
Profesional Especializado
3010
15
15
Profesional Especializado
3010
13
1
Secretario Privado
3035
12
15
Profesional Especializado
3010
10
4
Secretario Privado
3035
10
50
Profesional Universitario
3020
08
35
Profesional Universitario
3020
07
85
Profesional Universitario
3020
06
10
Profesional Universitario
3020
04
5
Profesional Universitario
3020
03
4
Analista de Sistemas
4005
15
4
Analista de Sistemas
4005
13
5
Programador de Sistemas
4060
12
1
Diseñador
4045
11
35
Técnico Administrativo
4065
11
18
Técnico Operativo
4080
11
11
Técnico Operativo
4080
09
2
Operador Equipo de Sistemas
4100
09
2
Operador Equipo de Sistemas
4100
08
16
Asistente Administrativo
4140
16
19
Coordinador
5005
21
4
Coordinador
5005
19
2
Coordinador
5005
17
32
Coordinador
5005
15
4
Secretario Bilingüe
5235
24
10
Secretario Ejecutivo
5040
17
15
Secretario Ejecutivo
5040
15
15
Secretario Ejecutivo
5040
13
10
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Jefe de Almacén
5060
19
26
Visitador
5100
12
25
Auxiliar Administrativo
5120
11
32
Auxiliar Administrativo
5120
09
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
4
Auxiliar Administrativo
5120
05
65
Secretario
5140
10
30
Secretario
5140
08
4
Operario Calificado
6000
09
3
Operario Calificado
6000
08
5
Operario Calificado
6000
07
7
Conductor Mecánico
6010
09
6
Conductor Mecánico
6010
08
40
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
Artículo 2° El Superintendente Bancario o su delegado, mediante acto administrativo distribuirá la planta de personal y ubicará a los funcionarios según la estructura orgánica interna, planes, programas y necesidades del servicio.
Artículo 3° Los funcionarios que a la fecha de expedición de este Decreto, se encuentren inscritos en carrera administrativa especial o en período de prueba dentro de la misma, no perderán los derechos derivados de ella al ser incorporados a la planta de personal, siempre y cuando reúnan los requisitos del cargo para el cual sean incorporados. Por consiguiente, la División de Recursos Humanos solicitará en cada caso, la actualización de la correspondiente inscripción en el escalafón ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil.
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, pero tendrá efectos sólo a partir del 1° de febrero de 1993 y deroga el Decreto 1054 de 1991.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.