DECRETO 2061 DE 1992
(diciembre 22)
POR EL CUAL SE SEÑALA EL SALARIO MÍNIMO LEGAL.
Nota: Derogado por el Decreto 2548 de 1993, artículo 3º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 147 del Código Sustantivo del Trabajo,
DECRETA:
Artículo 1° Fijar a partir del primero (1°) de enero de mil novecientos noventa y tres (1993) el salario mínimo legal diario, para los trabajadores de los sectores urbano y rural, en la suma de dos mil setecientos diecisiete pesos
($ 2.717.00).
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 2867 de 1991.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 22 de diciembre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
LUIS FERNANDO RAMIREZ ACUNA.