DECRETO 1987 DE 1993

Decretos 1993

DECRETO 1987 DE 1993    

(octubre 4)    

POR EL CUAL  SE APRUEBA UN ACUERDO DEL COMITE NACIONAL DE CAFETEROS.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927  y 11 de 1972 y el Decreto  legislativo 2078 de 1940,    

DECRETA:    

ARTICULO 1º.         Apruébase el Acuerdo número 12 de 1993 del Comité Nacional  de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:    

«ACUERDO  NÚMERO 12 de 1993    

(septiembre  8)    

El Comité Nacional de Cafeteros, en  uso de sus atribuciones, y    

CONSIDERANDO:    

         a)  Que con base en el Decreto número  2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el  Gobierno y la Federación celebraron, el 22 de diciembre de 1988, un contrato de  administración y manejo del Fondo Nacional del Café y prestación de servicios;    

         b)  Que la Federación, con recursos del Fondo  Nacional del Café, adquirió hace algunos años en la ciudad de Buenos Aires  (Argentina), un inmueble ubicado en el Edificio Avenida Mayo, número 605,  esquina Perú, con área de 107.70 metros cuadrados y tres unidades de parqueo en  el Edificio Florida 1 del mismo sector;    

         c)  Que teniendo en cuenta los cambios ocurridos  en el mercado internacional del grano, la entidad adoptó la determinación de  cerrar sus oficinas en la ciudad de Buenos Aires y autorizó la venta de éste y  los demás activos de su propiedad, ubicados en dicha ciudad;    

         d)  Que la Federación, en desarrollo de lo  acordado por el comité Nacional de Cafeteros en su sesión del 17 de diciembre  de 1992 sobre venta de inmuebles en Buenos aires, realizó el avalúo  correspondiente, el cual arrojó la suma de US$ 140.000 y procedió a llevar a  cabo dicho proceso de venta, mediante avisos de prensa, estableciendo como  precio base el fijado por los avaluadores;    

         e)  Que dentro de las ofertas recibidas la firma  Inmobiliaria Bullrich ofreció por cuenta de uno de los clientes la suma de US$  130.000, propuesta que no fue aceptada por ser inferior al avalúo. Que  posteriormente, la misma inmobiliaria, por cuenta de su cliente, aceptó elevar  el precio a US$ 140.000 para pago de contado;    

         i)  Que los representantes de la Entidad en  Argentina, encargados del proceso de liquidación en ese país, han recomendado  expresamente aceptar la oferta anterior, por estimarla conveniente para los  intereses de la Federación, dadas las actuales condiciones del mercado en ese  país;    

         g)  Que el Comité Nacional, en su sesión del 8  de septiembre de 1993, con el voto expreso y favorable del señor Ministro de  Hacienda, aprobó dicha operación de venta,    

ACUERDA:    

Artículo 1º.   Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, para  que, como administradora del Fondo Nacional del Café, venda a los proponentes,  representados a través de la firma Inmobiliaria Bullrich, el inmueble ubicado  en la ciudad de Buenos Aires (Argentina), en el Edificio Avenida Mayo, número  605, esquina Perú, con área de 107.70 metros cuadrados y tres unidades de  parqueo en el Edificio Florida 1 del mismo sector, en la suma de ciento  cuarenta mil dólares (US$ 140.000) pagaderos a la firma de la correspondiente  escritura de compraventa.    

Artículo 2º.   Autorízase a la Gerencia General de la Federación para realizar  todos los actos jurídicos y administrativos que sean necesarios para el  perfeccionamiento de la presente operación.    

Artículo 3°.   Sométase el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente  de la República a través del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.    

Aprobado en Santafé de Bogotá, D. C.,  a los ocho (8) días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y tres  (1993).    

El Presidente,    

                                     (Fdo  ) MARIO GOMEZ ESTRADA.    

El Secretario,    

                                     (Fdo)  HERNANDO GALINDO MAYNE».    

ARTICULO 2º Este Decreto rige desde la fecha de publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 4  de octubre de 1993.    

                                     CESAR  GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

                                     RUDOLF  HOMMES RODRIGUEZ.              

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