DECRETO 1959 DE 1994
(agosto 9)
por el cual se aclara la denominación de un empleo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y conforme a lo dispuesto en el Decreto 1680 de 1991,
DECRETA:
Artículo 1º. El empleo de Consejero para la Paz, a que se refieren los Decretos 53 de 1992 y 1951 de 1994, se denomina Alto Comisionado en la Consejería Presidencial para la Paz.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 9 de agosto de 1994.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Juan Manuel Turbay Marulanda.