DECRETO 1939 DE 1994
(agosto 5)
Por el cual se aprueba el Acuerdo número 014 de mayo 11 de 1994, dictado por la Junta Directiva del Fondo Rotatorio de la Armada Nacional.
Nota 1: Derogado por el Decreto 375 de 2008, artículo 11.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 062 de 2005 y por el Decreto 141 de 2004.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1o. Aprobar el Acuerdo número 014 del 11 de mayo de 1994, emanado de la Junta Directiva del Fondo Rotatorio de la Armada Nacional, por el cual se determina la planta de personal del Fondo Rotatorio de la Armada Nacional y que textualmente dice:
«MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
FONDO ROTATORIO DE LA ARMADA NACIONAL
ACUERDO NÚMERO 014 DE 1994
(mayo 11)
“Por el cual se determina la planta de personal del Fondo Rotatorio de la Armada Nacional.”
La Junta Directiva del Fondo Rotatorio de la Armada Nacional, en uso de sus facultades legales y estatutarias,
ACUERDA:
Artículo 1o. Las funciones propias del Fondo Rotatorio de la Armada, serán cumplidas por la planta de personal, que a continuación se fija:
No. DE CARGOS
DENOMINACION DEL EMPLEO
CODIGO
GRADO
1
Director General de Establecimiento Público
0015
11
1
Secretario General de Entidad Descentralizada
0037
03
2
Subdirector General de Establecimiento Público
0040
02
3
Director Regional
2035
10
3
Jefe de Oficina
2045
10
6
Profesional Universitario
3020
08
6
Profesional Universitario
3020
07
18
Profesional Universitario
3020
06
6
Profesional Universitario
3020
05
9
Técnico Administrativo
4065
12
11
Técnico Administrativo
4065
11
20
Técnico Administrativo
4065
09
4
Técnico Administrativo
4065
07
2
Tecnólogo
4165
10
3
Tecnólogo
4165
11
8
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Secretario Ejecutivo
5040
16
12
Auxiliar Administrativo
5120
05
24
Auxiliar Administrativo
5120
07
5
Auxiliar Administrativo
5120
08
8
Auxiliar Administrativo
5120
09
4
Auxiliar Administrativo
5120
10
27
Auxiliar Administrativo
5120
11
5
Ayudante de Oficina
5155
05
4
Operario Calificado
5300
05
4
Operario Calificado
5300
07
14
Conductor Mecánico
5310
06
5
Celador
5320
07
18
Auxiliar de Servicios Generales
5335
05
3
Auxiliar de Servicios Generales
5335
06
Artículo 2o. El número de trabajadores oficiales del Fondo
Rotatorio de la Armada, sera de quince (15).
Artículo 3o. El presente Acuerdo rige a partir del 1° de octubre
de 1994, deroga las disposiciones que le sean contrarias en
especial el Acuerdo número 07 de marzo 20 de 1980 y requiere
para su validez de la aprobación por decreto del Gobierno
Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 11 de mayo de 1994.
(Firmado), Juan Pablo Cabal Cabal, Presidente Junta Directiva.
(Firmado), Teniente de Navío(r) Pedro Miguel García Salas,
Secretario Junta Directiva».
Artículo 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
publicación y deroga el Decreto número 3133 de noviembre 18 de 1980.
Publíquese, y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 5 de agosto de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes. El Ministro de Defensa Nacional, Rafael Pardo Rueda. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Eduardo González Montoya.