DECRETO 188 DE 1993
(enero 27)
POR EL CUAL SE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO Y SE DICTAN ALGUNAS DISPOSICIONES.
Nota 1: Modificado por el Decreto 167 de 2021, por el Decreto 1042 de 2020, por el Decreto 181 de 2018, por el Decreto 27 de 2014, por el Decreto 1812 de 2013, por el Decreto 4629 de 2011, por el Decreto 757 de 1998 y por el Decreto 2334 de 1993.
Nota 2: Adicionado por el Decreto 3565 de 2006, por el Decreto 2695 de 2005 y por el Decreto 2610 de 1994.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las facultades conferidas por el artículo 19 de la Ley 24 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1º Las funciones propias de las distintas dependencias de la Defensoría del Pueblo, serán desarrolladas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
NÚMERO DE CARGOS
NIVELES Y DENOMINACION DEL EMPLEO
GRADO
1.NIVEL DIRECTIVO.
1
Defensor del Pueblo
1
Secretario General
22
6
Defensores Delegados
22
4
Directores Nacionales
22
10
Defensores Regionales
21
1
Veedor
22
2. NIVEL EJECUTIVO.
1
Subdirector Serv. Adtivos
21
1
Subdirector Financiero
21
3
Jefe de Oficina
20
3. NIVEL ASESOR.
1
Secretario Privado
21
9
Abogado Asesor
19
7
Profesional Especializado
19
16
Abogado Asesor
18
3
Profesional Especializado
18
17
Abogado Asesor
17
16
Profesional Especializado
17
1
Pagador
15
28
Profesional Universitario
15
24
Profesional Universitario
14
4.NIVEL TECNICO.
1
Almacenista
12
2
Técnico en Presupuesto
11
3
Técnico Administrativo
11
5.NIVEL ADMINISTRATIVO.
1
Secretario Ejecutivo
11
3
Secretario
10
5
Secretario
9
33
Secretario
8
1
Dibujante
8
3
Conductor Mecánico
8
3
Auxiliar
7
3
Secretario
7
47
Auxiliar Administrativo
6
20
Conductor
6
2
Auxiliar de Mantenimiento
6
16
Auxiliar de Servicios Generales
4
16
Ayudante de Oficina
4
Artículo 2º El Defensor del Pueblo incorporará en la Planta de Personal de la Defensoría del Pueblo los funcionarios de que trata el artículo 36 de la Ley 24 de 1992.
Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 27 de enero de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.