DECRETO 1867 DE 1992
(noviembre 19)
POR EL CUAL SE APRUEBA UN ACUERDO DEL COMITE NACIONAL DE
CAFETEROS.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto Legislativo 2078 de 1940,
DECRETA:
ARTICULO 1° Apruébase el Acuerdo número 16 de 1992 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:
ACUERDO NÚMERO 16 DE 1992
(octubre 8)
El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y
CONSIDERANDO:
a) Que con base en el Decreto número 2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron el 22 de diciembre de 1988, un contrato de administración y manejo del Fondo Nacional del Café y Prestación de Servicios.
b) Que mediante Escritura pública número 3542 del 28 de agosto de 1987, de la Notaría Segunda de El Líbano, la Federación adquirió, con recursos del Fondo Nacional del Café, un inmueble ubicado en la calle 4ª número 7-42 del Municipio de El Líbano.
c) Que la Federación, en desarrollo de la política acordada por el Comité Nacional de Cafeteros, en su sesión del 14 de mayo del presente año, ofreció en venta dicho inmueble, al mejor postor, mediante avisos publicados en El Tiempo, el cual fue avaluado por la firma Valuaciones Inmobiliarias Ltda., el 18 le agosto del presente año, en la suma de $15.000.000, moneda corriente.
d) Que abierta la urna correspondiente se encontraron tres ofertas:
–La presentada por doña Betty Arcila de Covaleda por la suma de $18.000.000;
–La presentada por doña Emma Bedoya de Parra, por la suma de $ 15.200.000, y
–La presentada por el señor Carlos Alberto Peralta Borja por la suma de $ 15.000.000; que conocido este resultado, el Comité Nacional, con el voto expreso y favorable del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, autorizó celebrar dicha operación de venta, con la señora Betty Arcila de Covaleda, por ser su oferta la más favorable en precio,
ACUERDA:
Artículo 1° Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para que, como administradora del Fondo Nacional del Café, venda a la Señora Betty Arcila de Govaleda–el inmueble ubicado en la calle 4ª número 7-42 del Municipio de El Líbano en la suma dieciocho millones de pesos ($ 18.000.000) moneda corriente, pagaderos a la firma de la correspondiente escritura de compra-venta.
Artículo 2° Facultar a la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, para realizar todos los actos jurídicos y administrativos o que fueren necesarios para el perfeccionamiento de la presente operación.
Artículo 3° Someter el presente Acuerdo a la aprobación del señor Presidente de la República por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Aprobado en Santafé de Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos (1992).
El Presidente (Fdo.),
LUIS ARDILA CASAMITJANA.
El Secretario (Fdo.),
HERNANDO GALINDO MAYNE.
ARTICULO 2° Este Decreto rige desde la fecha de publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.