DECRETO 1831 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 1831 DE  1994    

(agosto 3)    

por  el cual se expide la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el  sistema General de Riesgos profesionales y se dictan otras disposiciones.    

Nota:  Derogado por el Decreto 2100 de 1995,  artículo 5º.    

El presidente de la República de Colombia en  ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 11, del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1º Campo de aplicación. El presente  Decreto se aplica a todos los afiliados al Sistema General de Riesgos  Profesionales, organizado por el Decreto 1295 de 1994.    

Artículo 2º Tabla de Clasificación de  Actividades Económicas. De conformidad con el artículo 28, del Decreto 1295 de 1994,  se adopta la siguiente:     

TABLA DE CLASIFICACION DE    

ACTIVIDADES ECONOMICAS    

Para la clasificación de Empresas y de  actividades Económicas:    

CLASE I    

Abonos, insecticidas y similares (venta de).    

Aceites y mantecas en general (venta de).    

Antigüedades, curiosidades (venta de).    

Armas de fuego, Parque (venta de).    

Arte, decoración (venta de artículos de).    

Artículos de protección personal contra  riesgos profesionales (venta de).    

Artículos ortopédicos (venta de).    

Artículos para deporte (venta de).    

Artículos religiosos (venta de).    

Asilos    

Automotores (venta de repuestos para).    

Aves de corral e implementos para la  avicultura (venta de).    

Aves muertas y menudencias (venta de).    

Bancos, seguros, instituciones de finanzas y  de créditos en general.    

Baños turcos.    

Básculas (venta de).    

Bibliotecas, discotecas y similares.    

Billares (venta de artículos para).    

Café (almacenes y depósitos de).    

Calzado (venta de).    

Cámaras de comercio.    

Cartón (venta de).    

Centros y clubes sociales y deportes.    

Cigarrerías (expendio).    

Cinematográficos (venta de aparatos y  repuestos).    

Colchones, colchonetas (venta de).    

Consultorios médicos y odontológicos, cuyas  unidades radiológicas cumplan con las normas de radio protección vigentes.    

Corsés, fajas y similares (venta de).    

Cristalería, artículos para regalo (venta  de).    

Cuero (venta de artículos de).    

Deportes (venta de artículos para).    

Dulces, chocolates y similares (venta de).    

Eléctricos, artículos, materiales,  receptores de radio y televisores (venta de).    

Empeños (casa de).    

Empleos (agencia de).    

Envases de vidrio y loza (venta de).    

Escuelas, colegios, academias, centros  educativos en general.    

Farmacias, droguerías, boticas.    

Filatelia (venta de artículos para).    

Floricultura (venta de flores naturales).    

Fotografía (venta de artículos fotográficos  y cinematográficos).    

Fruterías (venta)    

Hilados y tejidos (venta de materias primas  y repuestos para industria de).    

Hule (venta de artículos de).    

Ingenieros, arquitectos (sin intervención  directa en construcciones, oficinas de).    

Instrumentos, aparatos y artículos  musicales, música impresa y grabada (venta y alquiler de).    

Instrumentos y aparatos científicos y de  precisión (venta de).    

Jabón, detergentes (venta de).    

Joyas, relojes, artículos para joyeros y  relojeros (venta de).    

Juguetes (venta de).    

Leche (venta, sin auto transporte).    

Libros, papelería, artículos de escritorio  (venta de).    

Lotería (venta de billetes de).    

Loza, cerámica, artículos de alfarería  (venta de).    

Mantequilla, queso, crema, huevos (venta  de).    

Maquinaria ligera, implementos para la  industria en general (venta de).    

Máquinas de escribir, coser, calcular (venta  de).    

Medias (remallado de).    

Médicos, quirúrgicos, dentales, venta de  instrumentos y equipo.    

Mercancías (venta de).    

Mimbre, vara, palma (venta de artículos de).    

Modas, sastrerías, sombreros, confección de  ropa (pequeños talleres de).    

Misceláneas (venta al menudeo).    

Muebles (venta de).    

Oficinas y despachos profesionales.    

Oficinas de negocios varios.    

Optica (venta de artículos de).    

Pan, pasteles (venta de).    

Papel, envases de cartón (venta de).    

Peluquería, salones de belleza.    

Peluquería (venta de artículos para).    

Periódicos, revistas (venta de).    

Perfumes, artículos de tocador (venta de).    

Piel (venta de artículos de).    

Pinturas (venta de).    

Plumas, fuente, lapiceros (reparación y  venta de).    

Radios, televisores, similares (venta de).    

Refrescos, helados (venta  de).          

Refrigeradores,  lavadoras, estufas y similares (venta de).    

Restaurantes.    

Ropa, telas, botonerías  (almacenes de).    

Salones de té.    

Seguros, instituciones de  crédito.    

Servicio doméstico.    

Sombreros, artículos para  sombreros (venta de).    

Tapetes, linóleo (venta  de).    

Tapicerías.    

Templos religiosos.    

Transportes marítimos,  aéreos y terrestres (agencias de).    

Vestidos, disfraces y  similares (alquiler y venta de).    

Video (ventas, alquiler  (sin autotransporte)).    

Zapateros (venta de  artículos para).    

CLASE II    

Alfombras, tapetes  (fabricación de).    

Almacenes y mercados por  departamentos con ventas al por mayor y al detal.    

Apicultura, avicultura.    

Armas de fuego (talleres  de reparación de).    

Artículos para deporte  (manufactura de).    

Automotores (venta,  alquiler, estacionamiento y garajes de).    

Avisos en placas  metálicas, estampado (impresión de).    

Baúles, petacas, bolsas  de mano (manufacturas de).    

Bebidas embotelladas en  general, depósito y venta al mayoreo.    

Bicicletas, motocicletas  (alquiler, venta de).    

Billares (salones de).    

Bodegas, almacenes de  depósitos.    

Bolos (juegos de).    

Bordados, de hilados,  tejidos de punto (manufacturas de).    

Botones, hebillas (talleres  de forrado de).    

Cablegráficas,  estaciones.    

Cacao (beneficio del).    

Café (recolección,  tostado, molienda de).    

Cafés, cantinas, bares.    

Calcomanías (fabricación  de).    

Calzado (fabricación de  (trabajo a mano)).    

Cantinas, bares, centros  nocturnos.    

Carbonerías ((sin  autotransporte) venta de).    

Carey, cuerno, hueso,  concha, tagua (manufactura de artículos de)    

carey, cuerno, hueso,  concha, tagua (manufactura de artículos de)    

Carnes (empacado de).    

Carnes frías, chorizos,  longanizas y similares (preparación de)    

Carnicerías.    

Carpinterías y  ebanisterías (sin maquinaria).    

Cementerios (empleados  de).    

Cines, teatros (trabajos  en).    

Coco (desfibre, secado y  rayado de).    

Colchones resortados  ((sin autoutilización de borra) fabricación de).    

Confecciones en tela (con  excepción de colchones).    

Conservas alimenticias  ((sin empleo de maquinaria) elaboración de).    

Construcción (venta de  materiales para (sin autotransporte)).    

Cría de ganado bovino,  equino y similares (excepto de lidia).    

Decoración interiores.    

Dental, laboratorios de  mecánica.    

Deportes (centros de  enseñanza y entrenamiento).    

Discos para fonógrafo  (manufactura de).    

Encuadernación (talleres  de).    

Envase, empaque de  drogas, de artículos de tocador.    

Envase y enlatado de  productos alimenticios.    

Escobas, plumeros  (manufactura de).    

Esencias (fabricación  de).    

Especias (fabricación  de).    

Espectáculos deportivos  (trabajos en (boxeo, lucha, béisbol y similares).    

Establos (sin  autotransporte).    

Estaciones  radiodifusoras, de televisión.    

Estaño (fabricación de  artículos de).    

Estuches para joyas,  perfumes y similares (manufactura de).    

Extinguidores de incendio  (carga y venta de).    

Ferreterías.    

Flores artificiales  (manufactura de).    

Fotostáticas,  heliográficas (elaboración de copias).    

Frutas (elaboración de  concentrados de).    

Funerarios (servicios).    

Guantes de tela y piel  (manufactura de).    

Helados (elaboración de).    

Hilados y tejidos  (trabajos a mano con equipo no motorizado).    

Hilados, tejidos,  tapetes, alfombras y similares (a mano o con equipo no motorizado).    

Hoteles, moteles,  amoblados.    

Impermeables (manufactura  de).    

Instrumentos musicales  (talleres de manufactura y reparación de).    

Instrumentos de precisión  (reparación de).    

Joyas, relojes, aparatos  científicos de precisión (reparación de).    

Juguetes (reparación de).    

Ligas, tirantes  (manufactura de).    

Limpieza empresas de(con  excepción de limpieza exterior de edificios).    

Maíz (fabricación de  productos de).    

Mantequilla, quesos,  crema de leche (fabricación de).    

Marqueterías (no  mecanizadas).    

Maquinaria pesada (venta  de)    

Maquinas de escribir,  calcular, coser, instrumentos científicos (reparación de).    

Máscaras, pelucas  (manufactura de).    

Mercancías (venta de (con  autotransporte)).    

Mimbre, vara, palma y  similares (manufacturas de artículos de)    

Mosaico azulejos y similares  (venta de)    

Misceláneas (grandes  almacenes de).    

Obleas, conos para  helados (manufactura de).    

Opticos (talleres de).    

Papel (manufactura de  cuadernos, libretas en blanco, sobres y similares y venta al mayoreo).    

Patines, boliches  (salones de).    

Peleterías (confección).    

Películas  cinematográficas (producción de).    

Películas  cinematográficas (distribución de).    

Pescados, mariscos  (expendios de).    

Pintura al duco (talleres  de).    

Plantas de refrigeración  y congelación (trabajos en).    

Pluma (manufactura de  artículos de).    

Radios, televisores  (reparación de).    

Relieves, placas  metálicas (fabricación de).    

Resinas, recolección  (reparación de).    

Ropa y novedades (grandes  almacenes de).    

Sanitarios (servicios  públicos).    

Sastrerías, confección de  ropa (fábricas y grandes talleres).    

Sellos de caucho  (manufactura de).    

Semillas, forrajes  (almacenamiento y venta al mayoreo).    

Semillas y granos  (tostados de).    

Servicios médicos y  paramédicos asistenciales domiciliarios, excepto servicios de prevención y  prevención.    

Sombreros para hombres  (reparación de).    

Sombreros (manufactura de  artículos para).    

Tabaco (beneficio de).    

Teatros, cines (trabajos  en).    

Tintorerías (teñido de  telas y vestidos).    

Tocador (fabricación de  artículos para).    

Trabajos agrícolas,  cultivo y recolección de maíz, trigo, arroz fríjol, garbanzo, hortaliza, caña  de azúcar, algodón y similares.    

Transporte aéreo de  pasajeros y mercancías (empresas de).    

Transporte de tracción  animal.    

Video (venta, alquiler  (con auto transporte)).    

Vidrios (depósitos y  venta de).    

Zootecnia, cría de  animales domésticos y veterinaria en general.    

CLASE III    

Aceites vegetales y  minerales (envasado de).    

Acumuladores (reparación,  carga y venta de).    

Aeronaves (ensamble,  reparación de).    

Agua, extracción y  purificación (distribución y fabricación de aparatos para purificar).    

Aguarrás, trementina,  gomas (fabricación de).    

Agujas, alfileres,  horquillas y similares (fabricación de).    

Algodón, gasas, vendas y  similares (fabricación de).    

Alcohol (fabricación de).    

Algodón (desfibradora  de).    

Alimentos concentrados  para animales (fabricación de)    

Almidón (fabricación de).    

Armas de fuego  (fabricación de).    

Artículos en fibra vidrio  (fabricación y reparación de).    

Arroz (beneficio de  (trilladoras)).    

Automotores (automóviles,  camiones, lanchas, motocicletas (armado, pintura, reparación de)).    

Autos particulares  (conductores de).    

Azufre (refinación de).    

Balnearios (con personal  de salvamento).    

Bandas, empaquetaduras  (fabricación de).    

Basura, desperdicios  (transporte, aprovechamiento, recolección, incineración de).    

Bebidas no alcohólicas  (fabricación, embotellado de).    

Betunes, grasas para  calzado (fabricación de).    

Bombillas (fabricación  de).    

Borra, estopa,  fabricación de artículos de.    

Botones en general,  broches, cierres metálicos (fabricación de).    

Caballerizas (Trabajo  en).    

Cacao (tostado, molienda  y fabricación de productos de).    

Café (descerezado,  trillado).    

Cal, cales hidratadas  (fabricación de).    

Calefacción y  refrigeración (fabricación de aparatos de).    

Calentadores para agua,  estufas a gas (fabricación de).    

Calzado (fabricación y  reparación de (con maquinaria)).    

Carbón mineral y vegetal,  leña (depósito y venta de (con autotransporte)).    

Carpinterías y  ebanisterías (con maquinaria).    

Carrocerías (fabricación  y reparación de).    

Cartón (fabricación de  cajas y artículos de).    

Cepillos, brochas,  pinceles (fabricación de).    

Cerámica, alfarería  (manufactura de artículos de).    

Cera para pisos  (fabricación de).    

Cerraduras, llaves y  similares (fabricación de).    

Cigarros, cigarrillos  (fabricación de).    

Circos, hipódromos,  plazas de toros y similares (trabajos en).    

Cirugía, ortopedia  (fabricación de instrumentos y artículos de).    

Cola, pegantes y  similares (fabricación de).    

Combustibles para  calentadores, encendedores (preparación de).    

Conservas alimenticias  ((con empleo de maquinaria)fabricación de).    

Corcho (fabricación de  artículos de).    

Corsés, fajas, elásticos  (fabricación mecanizada).    

Cortinas, puertas y  ventanas metálicas (fabricación de).    

Costales de fibra de tela  (manufactura de).    

Cuero (fabricación de  artículos de).    

Desfibradoras de fibras  duras (yute, fique y similares).    

Dulces, chocolates y  similares (fabricación de).    

Eléctricos, fabricación  de aparatos, implementos y similares    

Electromecánicos,  talleres.    

Embotelladoras  (fabricación de artefactos para (tapas y similares)    

Empaquetaturas, bandas  (fabricación de).    

Empresas de servicios  temporales, de suministro de personal temporal o de empleos temporales.    

Envases de madera para  empaque (fabricación de).    

Espuelas, frenos y  similares (fabricación de).    

Establos (con  autotransporte para reparto).    

Estaciones de servicio  para automotores.    

Esterilización  (fabricación de aparatos para).    

Estibadores, coteros,  paletizadores (excepto cargue y descargue de embarcaciones aéreas, marítimas y  fluviales).    

Extinguidores de incendio  (fabricación de envases para).    

Fécula, almidón, glucosas  (fabricación de).    

Floricultura  invernaderos, cultivo.    

Fósforos (depósitos,  distribución de).    

Fotograbado,  cincograbado, rotograbado.    

Galletas, pastas  alimenticias (fabricación de).    

Gasas, vendas, algodón y  similares (fabricación de).    

Gasolina, petróleo,  tractorina (estaciones y expendios de).    

Grabado en cobre y otros  metales (trabajo en).    

Hormas, tacones y cercos  para calzado (fabricación de).    

Hielo, elaboración  (distribución de).    

Hierro (talleres de  ornamentación de).    

Hierro (venta de).    

Hilados y tejidos de  fibras blandas, fabricación de (algodón, lana, lino, seda y similares).    

Hilos, estambres  (fabricación de).    

Hojalatería no mecanizada  (trabajos de).    

Hospitales generales,  centros de atención médica con ayudas diagnósticas o instituciones prestadoras  de servicios de salud, centros especializados (excepto de radio diagnóstico y  radio terapia).    

Hospitales para  tuberculosos.    

Imprentas, litografías,  tipografías.    

Ingeniería (fabricación  de instrumentos y artículos de).    

Inhumación (agencias de).    

Instalaciones eléctricas,  en casa de habitación y edificios.    

Jabones (fabricación de).    

Jardines zoológicos  (trabajos en).    

Juegos, diversiones  mecánicas (trabajos en).    

Laboratorios de análisis  químicos, biológicos, bancos de sangre y similares.    

Lácteos (fabricación de  productos).    

Lámparas incandescentes,  fluorescentes, tubos para radios y similares (fabricación de).    

Lápices (fabricación de).    

Latonerías, cobrerías.    

Lavanderías,  planchadurías mecanizadas.    

Leche condensada y en  polvo (elaboración de).    

Leche (distribución con  autotransporte).    

Levaduras (fabricación  de).    

Lijas, esmeriles  (fabricación de).    

Madererías, preparación  de madera (impermeabilizado e inmunizado).    

Maniquíes (fabricación  de).    

Manteca de cerdo  (elaboración de).    

Maquinaria e implementos  agrícolas (fabricación, reparación de)    

Maquinaría pesada  (reparación de).    

Marmolerías.    

Marqueterías mecanizadas.    

Mataderos.    

Mecánicos de herrería  (talleres).    

Medias (fabricación de).    

Metálicos (fabricación de  artículos).    

Moldes para fundición de  maquinaria (fabricación de).    

Molinos de arcilla, yeso  y similares.    

Molinos de grano.    

Muebles de madera  (fabricación mecanizada).    

Muebles de metal  (fabricación de).    

Ojetes para zapatos  (fabricación de).    

Ortopedia (fabricación de  elementos para).    

Palillos, bajalenguas y  similares (fabricación de).    

Pan, pasteles  (elaboración de).    

Paraguas, bastones  (fabricación de).    

Pastas alimenticias,  galletas (fabricación de).    

Pasteurizadoras  (plantas).    

Peines, peinetas y  similares (fabricación de).    

Pelo, cerda para uso  industrial (preparación de).    

Persianas (fabricación  de).    

Pescados, mariscos  (empacadoras de).    

Pisos (pulido, pintura y  encerado de).    

Plantas pulidoras de  metales.    

Plásticos, baquelita  látex (fabricación de artículos de).    

Platerías (fabricación de  artículos de plata).    

Plomerías.    

Productos farmacéuticos,  medicamentos (fabricación de).    

Radios, reproductores de  sonido, televisores (armado y fabricación de).    

Resortes, muelles,  bisagras (fabricación de).    

Rodillos para imprenta  (recubrimiento, fabricación de).    

Sal (refinación de).    

Salinas marítimas.    

Servicios en coches‑dormitorios  y comedores a bordo de ferrocarriles (empresas de).    

Sombrero de fieltro  (fabricación de).    

Tabacos, cigarrillos  (fabricación de).    

Talabarterías  mecanizadas.    

Tapetes, alfombras  (fabricación de).    

Tapones, tapas en general  (fabricación de).    

Telas, hilos (acabado,  teñido y estampado).    

Telas en general  (fabricación de).    

Teléfonos (trabajos en  empresas de).    

Televisores radios  reproductores de sonido (armado y fabricación de).    

Tintas para imprenta  (fabricación de).    

Tintorerías.    

Toneles, barriles  (fabricación de).    

Transporte automotor de  artículos diversos (pan, legumbres, carnes, leche, drogas, madera).    

Trapiches, industria de  la panela.    

Trapo, papel, cartón  ((basureros), recolección, selección y compraventa de).    

Trilladoras de grano.    

Tuercas, tornillos,  llaves y similares (fabricación de).    

Velas, veladoras de cera,  de parafina, de cebo (fabricación de).    

Venta de materiales para  construcción con autotransporte.    

Vigilancia policiva  privada (servicios de).    

Vinagre (fabricación de).    

Vinos, aguardientes,  licores (fabricación de).    

CLASE IV    

Aceites y mantecas  vegetales (fabricación de).    

Aceites para usos  industriales (fabricación de).    

Acumuladores (fabricación  de).    

Aerofotografía.    

Aire acondicionado,  ventilación (instalación de sistemas).    

Alambrado, telas  metálicas, artículos de alambre (fabricación de).    

Alcohol, bebidas  alcohólicas, fabricación y embotellado.    

Asfalto (fabricación de  (y productos asfálticos)).    

Avisos luminosos  (fabricación de).    

Avisos (instalación de).    

Bosques silvicultura  explotación de (tala y aserrío).    

Cartón, papel  (fabricación de).    

Celuloide (fabricación de  artículos de).    

Cemento (plantas de  mezclado (con autotransporte)).    

Cerveza (fabricación  embotellado de).    

Clavos, tuercas,  tornillos, resortes, bisagras, similares (fabricación de).    

Construcción (venta de  materiales para (con autotransporte)).    

Cuchillos, cuchillería en  general, cucharas (fabricación de).    

Desinfección, fumigación.    

Elevadores (instalación y  reparación de).    

Emplomados ((vitrales)  fabricación de).    

Emvases de hojalata  (fabricación mecanizada de).    

Estampados, troquelados  (fabricación de artículos).    

Estopa, borra y similares  (fabricación de).    

Explosivos, cohetes,  pirotecnia (venta y depósitos de).    

Ferrocarriles  (fabricación de repuestos para).    

Fertilizantes sintéticos,  (fabricación de).    

Fieltro (fabricación de).    

Fósforos, cerillos  (fabricación de).    

Galvanización, niquelado,  cromado, corbrizado y metalización (trabajos exclusivos en).    

Ganado de lidia  (importación, crianza de).    

Gases para usos  domésticos e industriales (envasado y distribución de).    

Granito artificial,  azulejos, mosaicos (fabricación de).    

Herramientas, herrajes  (fabricación de).    

Hule (fabricación de).    

Ingenios azucareros.    

Ladrillos, tejas, tubos  ((con proceso de horneado) fabricación de)    

Loza (fabricación de).    

Luz, fuerza motriz  (generación y distribución de).    

Maderas terciadas  ((triplex) fabricación de).    

Malta (fabricación de).    

Mantecas vegetales  (fabricación de).    

Minerales metálicos  (plantas de beneficio o tratamiento de).    

Minerales no metálicos  (plantas de beneficio o tratamiento de).    

Mudanzas, trasteos  (agencias de).    

Navajas, hojas para  rasurar (fabricación de).    

Oxígeno, gas carbónico,  acetileno y similares (fabricación de).    

Papel, cartón  (fabricación de).    

Pesca (trabajos de).    

Pieles (curtiembres de).    

Pinturas, barnices,  tintas para imprenta (fabricación de).    

Pirotecnia, cohetería  (depósitos y venta de).    

Refractarios (fabricación  de artículos).    

Sanitarios (fabricación  de artículos).    

Servicios de emergencia  para vehículos de motor (grúa, montallantas).    

Sustancias químicas  peligrosas (envasado o reenvasado y venta de).    

Taxidermia.    

Techos impermeables  (fabricación, colocación de).    

Telas, hilos (encerado o  embreado de).    

Tenerías, curtidurías.    

Tipos para imprenta  (fabricación de).    

Transportes aéreos, de  pasajeros, de mercancías (empresas de (excepto persona de oficina)).    

Transportes marítimos,  fluviales y lacustres.    

Transportes terrestres,  de pasajeros y mercancía.    

Transportes urbanos de  carga (con excepción de agencias de mudanzas).    

Transportes urbanos de  pasajeros,    

Vidrio (fabricación y  grabado de artículos de).    

Vidrios, cristastales,  espejos (fabricación de).    

Vulcanización (trabajos  de).    

CLASE V    

Areneras, cascajeras,  arcilla y demás materiales de construcción (explotación de).    

Asbesto (fabricación de  productos con contenido de, trabajos de aislamientos térmicos).    

Aserraderos    

Astilleros (construcción  y reparación de embarcaciones).    

Bomberos (cuerpos de).    

Buceo (trabajos de).    

Cajas fuertes  (fabricación de).    

Canteras, pedreras  (explotación de).    

Carboneras (explotación  de).    

Cargue y descargue de  embarcaciones aéreas, marítimas y fluviales.    

Cemento (fabricación de).    

Centros de atención  médica con radiodiagnóstico y radioterapia.    

Construcción de casas,  edificios, caminos, ferrocarriles, presas, calles, oleoductos.    

Construcción de torres de  petróleo, tanques elevados, funiculares, cables aéreos.    

Consultorios médicos y  odontológicos, cuyas unidades radiológicas no cumplan con las normas de radio  protección vigentes.    

Dactiloscopista en los  cargos de Detective agente, Profesional especializado, Personal de detectives  en sus distintos grados y denominaciones (servicios de).    

Demolición, excavación  (trabajos de).    

Directores de  establecimientos carcelarios, Mayores, Capitanes, Tenientes, Sargentos,  Guardián (servicios de).    

Estructuras de hierro  (fabricación, montaje de)    

Escoltas (servicio de).    

Explosivos (fabricación  de).    

Fumigación, fertilización  agrícola por medio de aviones.    

Fundiciones.    

Industria de la  producción del caucho natural y sintético.    

Laminación (plantas de).    

Limpieza exteriores de  fachadas y ventanas    

Maquinaria pesada  (fabricación de).    

Minas de arena  (explotación de).    

Minas metálicas  (explotación de).    

Minas no metálicas  (explotación de).    

Munición, parque  (fabricación de).    

Petróleo, gas natural  (exploración, explotación y refinación de).    

Piedra (talla de).    

Pirotecnia, cohetería  (fabricación de).    

Pozos (perforación de).    

Profesionales de las  siguientes actividades: Toreros y cuadrillas de ruedo, paracaidistas,  corredores de automotores de alta velocidad, alpinistas, buceadores y  similares.    

Químicos industriales  (fabricación de productos tóxicos y cáusticos).    

Servicios de instalación,  reparación y mantenimiento de aparatos de Rayos X, equipos y fuentes de  material radiactivo y similares.    

Servicios prestados por  la jurisdicción penal como Magistrados, Jueces Regionales, Jueces Penales del  Circuito, Fiscales y servicios de seguridad de la Fiscalía General de la  Nación.    

Servicios prestados por  el Ministerio Público como Procuradores Delegados en lo Penal, Procuradores  Delegados para los derechos humanos, Procuradores Delegados ante la sala penal  de la Corte Suprema de Justicia, funcionarios y empleados de la oficina de  investigaciones especiales y empleados de los cuerpos de seguridad.    

Servicios prestados como  técnicos aeronáuticos con funciones de controladores de tránsito aéreo,  técnicos aeronáuticos con funciones de radio operadores.    

Transporte de valores  (servicios de).    

Artículo 3º. Clasificación  de empresa. La clasificación de empresa se hará de acuerdo con la actividad  principal del empleador dentro de la clase de riesgo que corresponda.    

Cuando una actividad  determinada no se encuentre en la tabla contenida en el artículo anterior, el  empleador y la entidad administradora de riesgos profesionales podrán efectuar  la clasificación de acuerdo con la actividad afín contemplada en la tabla, para  lo cual deberán tener en cuenta el riesgo ocupacional de una y otra.    

Efectuada así la  clasificación, la entidad administradora de riesgos profesionales deberá  comunicarla a la Dirección Técnica de Riesgos Profesionales del Ministerio de  Trabajo y Seguridad Social, con el fin de que ésta proceda a proponer la  inclusión de la nueva actividad en la Tabla.    

Artículo 4º.  Clasificación de una empresa con varios centros de trabajo. Cuando una misma  empresa tuviese más de un centro de trabajo, será clasificada para diferentes  clases de riesgo para cada uno de ellos, bajo el mismo NIT, siempre que:    

1. Exista una clara  diferenciación de las actividades desarrolladas en cada centro de trabajo.    

2. Las instalaciones  locativas de cada centro de trabajo se encuentren ubicadas en diferente lugar.    

3. La exposición a  factores de riesgo ocupacional sea diferente en cada uno de los centros de  trabajo.    

Artículo 5º. Vigencia. El  presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de  Bogotá, D. C., a 3 de agosto de 1994.    

                CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Trabajo y  Seguridad Social,    

                José Elías Melo Acosta.    

El Ministro de Salud,    

                Juan Luis Londoño de la Cuesta.              

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