DECRETO 1748 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 1748 DE 1994    

(agosto 3)    

por el cual se aprueba el Acuerdo 002  del 9 de febrero de 1994 expedido por el Consejo Directivo del Instituto  Técnico Agrícola ITA de Buga, sobre adopción de la planta de personal docente.    

Nota: Derogado por el Decreto 2314 de 2000,  artículo 4º.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales  y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto ley 1042 de 1978,    

DECRETA:    

ARTICULO  1º. Aprobar en todas y en cada una de sus partes el Acuerdo 002 del 9 de  febrero de 1994, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Técnico  Agrícola ITA de Buga, sobre adopción de la Planta de Personal Docente de esa  Institución, cuyo texto es el siguiente:    

«ACUERDO NÚMERO 002 DE 1994    

(febrero 9)    

“por  el cual se establece la Planta de Personal Docente del Instituto Técnico  Agrícola ITA Buga”.    

El  Consejo Directivo del Instituto Técnico Agrícola ITA de Buga, en uso de sus  facultades legales y estatutarias, conferidas por el artículo 14 del Estatuto  General,    

ACUERDA:    

Artículo 1º. Establécese la Planta  de Personal Docente de los Programas de Educación Superior así:       

Nº DE CARGOS                    

DENOMINACION   

5    (cinco)                    

Docentes    de tiempo completo.   

9    (nueve)                    

Docentes    de medio tiempo.      

Artículo 2º Establécese la Planta  de Personal Docente de los programas de bachillerato, así:       

Nº DE CARGOS                    

DENOMINACION   

68    (senta y ocho)                    

Docente    de tiempo completo.      

Artículo 3º. El Rector del  Instituto mediante Resolución hará la distribución de los cargos, de  conformidad con los planes, programas y necesidades del servicio.    

Artículo 4º. El presente Acuerdo rige  a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean  contrarias y para su validez requiere aprobación por Decreto del Gobierno  Nacional.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Guadalajara, Buga, a los  nueve (9) días del mes de febrero de 1994.    

Presidente del Consejo.    

(Fdo.) José Manuel González Arias    

Secretaria General.    

(Fdo.) María del Carmen Soto  Berrio».    

Artículo 2º. Este Decreto rige a  partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean  contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a  3 de agosto de 1994.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Viceministro de Hacienda y  Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Héctor José Cadena Clavijo.    

La Ministra de Educación Nacional,    

Maruja Pachón de Villamizar.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función    

Pública,    

Eduardo  González Montoya.              

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