DECRETO 1746 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO  1746 DE 1994    

(  agosto 3)    

por el cual se aprueba el Acuerdo 005  del 12 de abril de 1994 expedido por el Consejo Directivo del Instituto  Tolimense de Formación Técnica Profesional sobre adopción de la Planta de  Personal Docente.    

Nota: Derogado por el Decreto 1349 de 1999.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las  conferidas por el artículo 74 del Decreto ley 1042 de 1978,    

DECRETA:    

ARTICULO 1º Aprobar en todas y en  cada una de sus partes el Acuerdo 005 del 12 de abril de 1994, expedido por el  Consejo Directivo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional,  sobre adopción de la Planta de Personal Docente de esa Institución, cuyo texto  es el siguiente:    

« ACUERDO NÚMERO 005 DE 1994    

( abril 12)    

“por  el cual se establece la Planta de Personal Docente del Instituto Tolimense de  Formación Técnica Profesional”.    

El Consejo Directivo del Instituto  Tolimense de Formación Técnica Profesional, en uso de sus facultades legales y  estatutarias, en especial las conferidas en el literal b) del artículo 65 de la  Ley Nº. 30 de 1992, literal h) del artículo 14 del Acuerdo número 002 de 1993 y  el artículo 8º del Decreto 44 de 1994,    

ACUERDA:    

Artículo 1º Las funciones docentes  y académicas propias de las distintas dependencias académicas del Instituto  Tolimense de Formación Técnica Profesional, serán cumplidas por la Planta de  Personal Docente que a continuación se establece:       

Nº DE CARGOS                    

DENOMINACION DEL EMPLEO   

18    (dieciocho)                    

Docente    de tiempo completo.   

12    (doce)                    

Docente    de medio tiempo.      

Artículo 2º. El Rector mediante Resolución  hará la distribución de los anteriores cargos de acuerdo a las necesidades de  asignaturas y programas.    

Artículo 3º. El presente Acuerdo  rige a partir de la fecha de su expedición, y para su validez requiere  aprobación por decreto del Gobierno Nacional.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Espinal, Tolima, al 2 de  abril de 1994.    

Presidente.    

(Fdo.) Eduardo Rabeya Cárdenas.    

Secretario.    

(Fdo.) Jaime Eduardo Nustes Devia  ».    

ARTICULO 2º. Este Decreto rige a  partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean  contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a  3 de agosto de 1994.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Viceministro de Hacienda y  Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Héctor José Cadena Clavijo.    

La Ministra de Educación Nacional,    

Maruja Pachón de Villamizar.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función    

Pública,    

Eduardo  González Montoya.              

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