DECRETO 1744 DE 1993
(septiembre 3)
por el cual se establece la Planta De Alumnos De Las Escuelas De Formación De Oficiales y se fija la Planta De Soldados De Las Fuerzas Militares para la vigencia de 1993.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los artículos 189, ordinal 14 y 217 de la Constitución Política y el artículo 2° de la Ley 131 de 1985,
DECRETA:
Artículo 1° La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales para las Fuerzas Militares, durante la vigencia de 1993, queda constituida en la siguiente forma:
1.
Ejército
Alféreces y Cadetes
1.500
2.
Armada
Alféreces, Guardiamarinas,Pilotines y Cadetes
700
3.
Fuerza Aérea
Alféreces y Cadete
380
——-
Total General
2.580
——-
Artículo 2° La Planta de Soldados para la vigencia de 1993, será la siguiente:
1.
Ejército
Soldados Regulares
78.730
Soldados Alumnos
1.800
Soldados Voluntarios
19.358
——–
Total
99.888
——–
2.
Armada
Grumetes
600
Soldados Alumnos Infantería de Marina
200
Soldados de Infantería de Marina
7.007
Soldados Voluntarios
1.630
Total
9.437
3.
Fuerza Aérea
Soldados Regulares
3.900
Soldados Alumnos
600
——–
Total
4.500
Total General
113.825
——–
Artículo 3° Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta planta de personal, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 3 de septiembre de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Ministro de Defensa Nacional,
RAFAEL PARDO RUEDA.