DECRETO 1682 DE 1993
(agosto 26)
por el cual se establece la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial, Dirección Nacional de Estupefacientes.
Nota 1: Derogado por el Decreto 2147 de 1997, artículo 4º.
Nota 2: Derogado parcialmente por el Decreto 119 de 1995, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto número 2159 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias de la Unidad Administrativa Especial, Dirección Nacional de Estupefacientes del Ministerio de Justicia, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
Número de Cargos
Denominación del Empleo
Código
Grado
1
Director Nacional
–
–
1
Asesor
1020
07
1
Secretario Ejecutivo
5230
22
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Auxiliar Administra
5120
10
1
Conductor Mecánico
6010
09
Planta de Personal Global
1
Secretario General de Unidad Administrativa Especial
0168
14
3
Subdirector de Unidad Administrativa Especial
0162
14
3
Jefe de Oficina
2045
23
3
Asesor
1020
03
1
Director Seccional
2095
14
6
Jefe de División
2040
16
1
Profesional Especializado
3010
16
3
Profesional Especializado
3010
14
3
Profesional Especializado
3010
12
5
Profesional Especializado
3010
10
5
Profesional Universitario
3020
08
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Técnico en Presupuesto
4035
14
1
Técnico Administrativo
4065
09
2
Técnico Administrativo
4065
07
4
Operador de Equipo de Sistemas
4100
08
1
Tecnólogo
4165
11
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
7
Secretario Ejecutivo
5040
15
8
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
4
Auxiliar Administrativo
5120
08
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
3
Secretario
5140
10
7
Conductor Mecánico
6010
08
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
Artículo 2º Los funcionarios que vienen vinculados en la Planta de Personal de la Dirección Nacional de Estupefacientes fijada por el Decreto número 1123 de 1990, en los cargos de Jefe de Oficina y sean incorporados a la Planta de personal que se establece en el presente Decreto en dichos empleos, a los cuales corresponda una remuneración inferior, continuarán percibiendo la remuneración superior, hasta que cambien de empleo o se retiren del servicio.
Artículo 3º El Director, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global de que trata el presente Decreto entre las diferentes dependencias de la Dirección Nacional de Estupefacientes, de acuerdo con la estructura interna, las funciones, los planes y programas trazados por la entidad y las necesidades del servicio.
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto número 1123 de 1990 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 26 de agosto de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Justicia, ANDRES GONZALEZ DIAZ; El Ministro de Hacienda y Crédito Público, RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ; El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.