DECRETO 1665 DE 1992

Decretos 1992

DECRETO 1665 DE 1992    

(octubre  14)    

POR EL CUAL SE MODIFICAN  PARCIALMENTE LOS DECRETOS NÚMERO 643 Y 1151 DE 1992.    

Nota: Derogado por el Decreto 590 de 1993,  artículo 40.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las atribuciones   que le confiere el artículo 82 de Decreto ley 1042  de 1978,    

DECRETA:    

Artículo 1°  Modificar el artículo 34 del Decreto 643 de 1992,  el cual quedará así:    

Artículo 34.  DE LOS REQUISITOS YA ACREDITADOS. A los empleados que al entrar en vigencia  este Decreto estén desempeñando empleos de conformidad con normas anteriores,  para todos los efectos legales, y mientras permanezcan en los mismos empleos, o  sean trasladados o incorporados a cargos de igual denominación y grado de  remuneración, no se les exigirán los requisitos establecidos en el presente  Decreto.    

Quienes sean  nombrados con base en listas de elegibles resultado de concursos convocados con  anterioridad a la vigencia del  presente  Decreto,  acreditarán, para  la posesión, los  requisitos exigidos  en las respectivas convocatorias.    

Los  empleados que al momento de entrar en vigencia el presente Decreto se  encuentren ocupando cargos en forma   provisional, sin  superar  el   término  legal  de  la  provisionalidad, podrán participar en los concursos que se convoquen para la  provisión de esos empleos, para lo cual acreditarán los requisitos señalados en  las normas vigentes  al momento de su  ingreso.    

Artículo 2°  El presente Decreto modifica los artículos 34   del Decreto  643 y 5° del Decreto 1151  de 1992, rige desde su publicación.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en  Santafé de Bogotá, D. C., a 14 de octubre de 1992.    

CESAR  GAVIRIA TRUJILLO    

El Director  del Departamento Administrativo del Servicio Civil,    

CARLOS  HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.    

               

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