DECRETO 1616 DE 1993
(agosto 18)
POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NÚMERO 53 DE AGOSTO 9 DE 1993 DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE HIDROLOGIA, METEOROLOGIA Y ADECUACION DE TIERRAS–HIMAT–QUE DETERMINA LA PLANTA DE PERSONAL.
Nota: Derogado por el Decreto 232 de 1995, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto ley 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTICULO 1° Apruébase el Acuerdo número 53 de agosto 9 de 1993 de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras—Himat–que determina la Planta de Personal, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 53 DE 1993
(agosto 9)
“por el cual se determina la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras–Himat–“.
La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras–Himat–, en uso de las facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto 2135 del 30 de diciembre de 1992,
ACUERDA:
Artículo 1° Suprímense de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Hidrología, Metereología y Adecuación de Tierras–Himat–aprobada mediante el Acuerdo número 31 de mayo 8 de 1990, los siguientes cargos:
Dirección General.
Nº. De cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Secretario
5140
10
Secretaría General.
1
Profesional Universitario
3020
04
Oficina Jurídica.
1
Profesional Universitario
3010
09
Subdirección Administrativa y Financiera.
1
Jefe de División
2040
10
10
Jefe de Sección.
2075
08
1
Jefe de Sección
2075
06
1
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Universitario
3020
08
1
Profesional Universitario
3020
06
5
Profesional Universitario
3020
04
2
Profesional Universitario
3020
03
1
Técnico en Presupuesto.
4035
10
4
Técnico Administrativo
4065
07
2
Técnico Operativo
4080
10
1
Técnico Operativo
4080
09
1
Técnico Operativo
4080
07
2
Auxiliar de Técnico.
4110
06
2
Secretario Ejecutivo
5040
13
2
Auxiliar Administrativo.
5120
11
4
Auxiliar Administrativo.
5120
09
5
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Auxiliar Administrativo.
5120
05
1
Secretario
5140
06
7
Secretario
5140
10
1
Operario Calificado
6000
09
4
Operario Calificado
6000
08
2
Operario Calificado
6000
07
2
Operario Calificado
6000
05
2
Conductor Mecánico
6010
09
3
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
8
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
Subdirección de Hidrología y Meteorología.
4
Jefe de Sección.
2075
08
1
Profesional Especializado
3010
10
2
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Universitario
3020
06
1
Profesional Universitario.
3020
05
3
Profesional Universitario.
3020
04
2
Técnico Operativo
4080
09
12
Técnico Operativo
4080
07
4
Auxiliar de Técnico
4110
05
3
Auxiliar de Técnico.
4110
06
1
Auxiliar de Pronóstico
4185
10
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Auxiliar Administrativo
5120
05
1
Secretario.
5140
10
1
Operario Calificado
6000
09
5
Operario Calificado.
6000
08
3
Operario Calificado
6000
07
2
Operario Calificado
6000
05
Subdirección de Adecuación de Tierras.
8
Jefe de Sección
2075
08
3
Profesional Especializado.
3010
10
2
Profesional Especializado
3010
09
3
Profesional Universitario.
3020
04
3
Profesional Universitario.
3020
03
1
Técnico Operativo
4080
11
3
Técnico Operativo
4080
10
3
Técnico Operativo
4080
07
2
Fotogrametrista
4050
11
1
Auxiliar de Técnico
4110
03
1
Secretario
5140
10
Subdirección de Planeación.
5
Jefe de Sección
2075
08
1
Profesional Especializado
3010
10
2
Profesional Universitario
3020
08
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Analista de Sistemas
4005
15
1
Analista de Sistemas
4005
13
1
Técnico Administrativo
4065
11
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Técnico Operativo
4080
10
5
Técnico Operativo
4080
07
2
Operador de Equipo
4100
05
3
Auxiliar de Técnico
4110
06
2
Secretario.
5140
10
Direcciones Regionales.
34
Jefe de Sección
2075
08
5
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Universitario
3020
08
13
Profesional Universitario
3020
06
1
Profesional Universitario
3020
05
9
Profesional Universitario
3020
04
9
Profesional Universitario
3020
03
2
Técnico Administrativo
4065
11
2
Técnico Administrativo
4065
07
5
Técnico Administrativo
4065
09
6
Técnico Operativo
4080
10
12
Técnico Operativo.
4080
09
18
Técnico Operativo
4080
07
1
Dibujante
4095
06
4
Dibujante
4095
05
2
Topógrafo
4105
08
1
Topógrafo
4105
06
7
Auxiliar de Técnico
4110
06
19
Auxiliar de Técnico
4110
05
1
Auxiliar de Técnico
4110
03
2
Auxiliar de Pronóstico
4185
10
1
Observador de Superficie
4195
06
6
Observador de Superficie
4195
05
1
Jefe de Almacén
5060
16
1
Supervisor
5105
10
7
Auxiliar Administrativo
5120
09
16
Auxiliar Administrativo
5120
07
6
Auxiliar Administrativo
5120
05
4
Secretario
5140
08
7
Secretario
5140
06
2
Conductor Mecánico
6010
08
7
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
12
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
Parágrafo. De la planta de Trabajadores Oficiales del Instituto Colombiano de Hidrología, Meteorología Adecuación de Tierras–Himat–, se suprimen la totalidad de los cargos establecidos en los Acuerdos números 31 de mayo 8 de 1990 y número 8 de febrero 21 de 199l, que suman mil dieciséis (1.016), así:
No. De cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
15
Mecánico I
11
Mecánico II
15
Mecánico III
13
Mecánico IV
16
Mecánico V
13
Operador de Maquinaria I
16
Operador de Maquinaria II
24
Operador de Maquinaria III
75
Operador de Maquinaria IV
45
Operador de Maquinaria V
3
Timonel I
4
Timonel II
5
Timonel III
20
Mampostero I
2
Mampostero II
2
Mampostero III
3
Operador de Planta
24
Operador de Bomba I
21
Operador de Bomba II
31
Chofer de Volqueta I
34
Chofer de Volqueta II
65
Canalero
20
Cadenero I
20
Cadenero II
18
Operador de Bocatoma
26
Ayudante de Mecánica
36
Conductor I
31
Conductor II
65
Ayudante de Equipo
246
Celador I
22
Celador II
2
Celador III
20
Trochero
53
Obrero.
Artículo 2° Las funciones propias de las distintas dependencias del Instituto Colombiano de hidrología, Meteorología y Adecuación de Tierras–Himat–serán cumplidas por la Planta de Personal de Empleados Públicos que a continuación se establece:
A. Planta Despacho del Director.
No. De cargo
Denominación del cargo
Código
Grado
1
Director General de Establecimiento Público
0015
18
2
Asesor
1020
10
1
Asesor
1020
08
1
Profesional Especializado
3010
16
2
Profesional Especializado.
3010
14
1
Profesional Universitario
3020
08
1
Técnico Operativo
4080
07
1
Asistente Administrativo
4140
14
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Secretario Ejecutivo.
5040
15
B. Planta Global.
1
Secretario General
0037
13
4
Subdirector General de Establecimiento Público
0040
13
3
Jefe de Oficina
2045
23
1
Jefe de Oficina
2045
17
16
Director Regional
2035
21
17
Jefe de División
2040
20
42
Jefe de División
2040
12
1
Profesional Especializado
3010
19
22
Profesional Especializado
3010
18
1
Profesional Especializado
3010
17
39
Profesional Especializado
3010
16
50
Profesional Especializado
3010
14
1
Profesional Especializado
3010
13
26
Profesional Especializado
3010
12
123
Profesional Especializado
3010
10
1
Profesional Especializado
3010
09
113
Profesional Universitario
3020
08
24
Profesional Universitario
3020
06
57
Profesional Universitario
3020
05
3
Profesional Universitario
3020
04
3
Profesional Universitario
3020
03
2
Tecnólogo Especializado
3090
08
2
Tecnólogo Especializado
3090
05
2
Analista de Sistemas
4005
16
1
Analista de Sistemas
4005
15
1
Analista de Sistemas
4005
13
18
Técnico en Presupuesto
4035
15
2
Programador de Sistemas
4060
11
47
Técnico Administrativo
4065
12
8
Técnico Administrativo
4065
11
1
Técnico Administrativo
4065
09
1
Técnico Administrativo
4065
07
59
Técnico Operativo
4080
12
4
Técnico Operativo
4080
11
20
Técnico Operativo
4080
10
122
Técnico Operativo
4080
09
92
Técnico Operativo
4080
07
2
Dibujante
4095
12
1
Dibujante
4095
10
15
Dibujante
4095
06
21
Auxiliar de Técnico
4110
06
2
Auxiliar de Técnico
4110
05
2
Auxiliar de Técnico
4110
03
3
Archivista
4135
13
1
Asistente Administrativo
4140
10
16
Topógrafo Tecnólogo
4160
10
13
Pronosticador
4180
15
3
Pronosticador
4180
13
2
Pronosticador
4180
12
14
Auxiliar de Pronóstico
4185
11
4
Auxiliar de Pronóstico
4185
10
10
Radiosondista
4190
09
12
Radiosondista
4190
07
34
Observador de Superficie
4195
06
42
Observador de Superficie
4195
05
37
Observador de Superficie
4195
03
4
Coordinador
5005
21
2
Coordinador
5005
19
5
Secretario Ejecutivo
5040
18
21
Secretario Ejecutivo
5040
17
43
Secretario Ejecutivo
5040
15
61
Secretario Ejecutivo
5040
13
3
Secretario Ejecutivo
5040
11
17
Pagador
5045
17
16
Jefe de Almacén
5060
19
43
Auxiliar Administrativo
5120
13
11
Auxiliar Administrativo
5120
11
3
Auxiliar Administrativo
5120
10
3
Auxiliar Administrativo
5120
09
15
Auxiliar Administrativo
5120
05
1
Operario Calificado
6000
10
1
Operario Calificado
6000
09
17
Operario Calificado
6000
08
2
Operario Calificado
6000
07
1
Operario Calificado
6000
05
39
Conductor Mecánico
6010
11
4
Conductor Mecánico
6010
09
35
Conductor Mecánico
6010
08
42
Auxiliar de Servicios Generales
6035
08
Artículo 3° Los servidores públicos a quienes se le suprime el cargo en el artículo primero de este Acuerdo, tendrán derecho a una indemnización o bonificación conforme a los términos y condiciones establecidos por el Decreto 2135 del 30 de diciembre de 1992.
Artículo 4° Los funcionarios públicos que se incorporen a la nueva Planta de Personal continuarán devengando la asignación básica mensual de la Planta anterior hasta la fecha en que tomen posesión del nuevo cargo.
Artículo 5° El Director General queda facultado para distribuir los cargos establecidos en el presente Acuerdo, entre las diferentes dependencias que componen la estructura interna del Instituto, según las necesidades del servicio y los requerimientos de los programas y proyectos que se desarrollan.
Artículo 6° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los Acuerdos números 17 del 25 de febrero de 1993; 30 del 29 de abril de 1993 y 44 del 3 de junio de 1993.
Comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los nueve días del mes de agosto de 1993.
SANTIAGO PERRY RUBIO
Presidente.
MILITZA BUITRAGO DEL PORTILLO
Secretaría>>.
ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1349 del 27 de junio de 1990 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 18 de agosto de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ. El Ministro de Agricultura, JOSE ANTONIO OCAMPO GAVIRIA. El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.